El Supremo confirma la condena a un hombre por agredir sexualmente a una escolar de 14 años

Publicado: martes, 22 octubre 2019 13:43

OVIEDO, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 16 años de prisión impuesta a un hombre que agredió sexualmente a una escolar de 14 años de forma reiterada a cambio de suministrarle dinero y droga. Además la Sala ha destacado la importancia de los protocolos de detección de abusos sexuales a menores en los colegios.

Según ha informado el TS, la Sala ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que, a su vez, confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que le impuso dicha pena de prisión por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años (12 años de prisión) y por un delito contra la salud pública de drogas que no causan tan grave daño a la salud facilitada a menores de 18 años (4 años de prisión).

Los hechos sucedieron en 2016, cuando dos alumnas de un instituto de Avilés conocieron al condenado en las proximidades del centro escolar. Este les hizo comentarios de cierto contenido sexual, intentó tocar a una de ellas y les dio tabaco y porros.

Las dos menores se lo comentaron a la víctima que, entre el mes de noviembre y hasta el mes de diciembre, acudió los días lectivos, casi a diario, a un garaje que tenía el recurrente. Allí abusaba de ella y al marcharse le daba dinero o porros, que la menor compartía con un grupo de su instituto, con el fin de integrarse y ser aceptada en él.

Algunos de los miembros de este grupo sabían cómo conseguía la menor tanto el dinero como los porros. Las agresiones sexuales se descubrieron a raíz de la intervención de un orientador del centro escolar al que acudía la víctima.

El Tribunal Supremo indica que en hechos tan graves como los probados los autores se aprovechan de "las condiciones personales de menores para atentar contra su sexualidad, aunque ello pueda provocar daños graves en el desarrollo de la personalidad, lo que no les produce ningún proceso personal de abstención de su conducta, y agrava su responsabilidad penal por el peligro que supone para la sociedad este tipo de conductas que causan un tremendo daño en muchos menores, como ocurrió en este caso".

La sentencia, con ponencia del magistrado Vicente Magro, se centra en los problemas para detectar este tipo de casos e incide en la importancia de la optimización de los protocolos escolares de detección de situaciones de abusos sexuales a menores en situaciones en las que los padres no suelen conocer los hechos, como en el caso concreto.

El tribunal destaca el papel del orientador del instituto para descubrir los abusos sexuales. "De no haber sido por el orientador del instituto, los hechos, o no se hubieran descubierto, o lo hubieran sido muy tarde, con el componente de daño añadido por la persistencia que estos ataques sexuales comportan a los menores".

En este sentido, la Sala resalta la necesidad de implantar en los colegios protocolos de detección de abusos sexuales a menores, ya que estos guardan silencio por el miedo a las represalias y aceptan la victimización hasta que los hechos son detectados por responsables de un centro escolar, o por denuncias de amigos o amigos de la víctima ante sus propios profesores.