El Tribunal de Cuentas concluye que el Fondo de Financiación a ayuntamientos incrementó la deuda de algunos municipios

Publicado: miércoles, 1 agosto 2018 20:42

MADRID, 1 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Cuentas ha concluido, tras fiscalizar el Fondo de Financiación a Entidades Locales de los ejercicios 2015 y 2016, que uno de los objetivos de esta medida, en concreto el de "garantizar la sostenibilidad financiera" de las entidades que se adhirieran al mismo, no se ha conseguido cumplir en su totalidad, sino más bien al contrario, puesto que lo que provocó fue el incremento de la deuda pendiente de algunos de los ayuntamientos que se acogieron al mismo.

Esta es una de las deficiencias detectadas por el órgano fiscalizador, según consta en el informe aprobado el pasado 20 de julio por el órgano que desde el pasado día 23 preside María José de la Fuente.

El tribunal señala que la sucesiva puesta en marcha de medidas de apoyo financiero a las entidades locales "se ha traducido en la existencia de un volumen de operaciones de crédito muy significativo". En este sentido, destaca particularmente "el elevado número de operaciones vivas en las que la Administración General del Estado, a través del Fondo de Financiación a Entidades Locales, es acreedor de determinadas entidades locales que, a causa de su situación financiera, se acogieron recurrentemente a estos mecanismos".

"Esta acumulación de préstamos que, además, tienen tipos de interés y plazos de amortización distintos, dificultan la gestión a todos los agentes intervinientes, sin que exista ninguna previsión para afrontar un proceso de reordenación y agrupación de operaciones", alerta el fiscalizador.

De la misma manera, pone de manifiesto que uno de los objetivos de la creación del fondo, el de "garantizar la sostenibilidad financiera de las entidades que se adhieran" no se está "cumpliendo totalmente, al incrementarse la deuda pendiente de algunos ayuntamientos a lo largo de los años".

En particular, el fiscalizador ha verificado la existencia de operaciones de crédito cuyo saldo vivo no sólo no se reduce como consecuencia del inicio de los periodos de amortización, sino que el total de la deuda, computando conjuntamente intereses y principal, creció entre el 31 de diciembre de 2014 y el 31 de diciembre de 2016 (un 5,67% de las operaciones y un 2,67% de los ayuntamientos).

CONDICIONES FINANCIERAS CONTRAPRODUCENTES

"El coste financiero para las entidades locales correspondiente a los importes adelantados por los mecanismos de pago a proveedores (operaciones "sin préstamo") era significativamente superior al de las operaciones "con préstamo" e, incluso al interés legal del dinero", reza el informe, consultado por Europa Press.

Estas condiciones financieras, a juicio del Tribunal de Cuentas, pueden "no estar suficientemente justificadas" y "resultan contraproducentes en relación con los fines que pretenden las medidas de apoyo financiero; ya que suponen una carga financiera excesiva para entidades locales que, en muchas ocasiones, se encuentran en situación de desequilibrio patrimonial".

Asimismo, el informe especifica que "no se definió ningún indicador u objetivo" en relación con el crédito de los Presupuestos Generales del Estado de 2016, que contenía las aportaciones financieras a este fondo, y subraya que esta "falta de definición de objetivos e indicadores", en relación con la dotación de una medida con un volumen de recursos tan significativo (1.000 millones de euros), "impide efectuar un adecuado seguimiento del grado de eficacia logrado con los recursos aportados al Fondo".

PREMURA Y FALTA DE PLANIFICACIÓN

Además, según el informe, la Comisión Delegada para Asuntos Económicos no desarrolló la posibilidad de financiar con cargo al compartimento 'Fondo de Impulso Económico' la financiación de "proyectos de inversión que se consideren relevantes o financieramente sostenibles", lo que provocó la "ineficacia" de esta medida. A su vez, el retraso y la falta de regularidad en las reuniones de la comisión originaron "dilaciones que afectaron a la concertación de operaciones de crédito y a la fecha de inicio de los pagos del fondo".

En general el Tribunal de Cuentas señala que la "insuficiente preparación y planificación" de las medidas para la puesta en marcha del fondo se tradujo en un "innecesario y elevado grado de complejidad" que señala como "una de las causas del limitado éxito" de las mismas. Además, según relata, hubo que realizar "con mucha premura" desarrollos tecnológicos para su activación, lo que provocó "deficiencias relativas a la integridad, fiabilidad y trazabilidad" de los registros de la aplicación informática.

También aprecia "falta de planificación" por parte de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local a la que achaca, asimismo, un "cierto grado de inconcreción" en la regulación de los requisitos a cumplir para la adhesión y financiación de operaciones con cargo al fondo.

"INCOHERENCIAS E INCIDENCIAS"

"Esto dificultó que se pudiera efectuar una verificación equitativa y homogénea de los requisitos establecidos", resalta el informe. A su vez, la "falta de medios" de la citada secretaría provocó que la revisión de la documentación tuviera un "carácter meramente formal".

De forma especial, en la fiscalización se han evidenciado "incoherencias e incidencias" en relación con: la acreditación del cumplimiento de los criterios de prudencia financiera; la aceptación de las medidas de control del Ministerio de Hacienda; la autorización para concertar operaciones de crédito, por parte de los órganos competentes de las entidades locales; la acreditación de la firmeza de las sentencias, cuyas obligaciones derivadas se solicitó financiar; así como, puntualmente, los planes de ajuste.

Asimismo, el tribunal indica, que mediante el decreto ley por el que se creó este fondo se pudo incurrir en un "exceso en la atribución de funciones de naturaleza pública a terceros", en concreto al personal apoderado de las entidades financieras privadas (entidades de 'fronting') en los que se delegaron aspectos relativos a la formalización y tramitación de las pólizas de crédito, así como a la revisión de ciertos requisitos de las entidades locales

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