Tribunales.- El TSJA desestima el recurso interpuesto por el parricida de Bueño y mantiene el agravante de parentesco

Actualizado: lunes, 20 octubre 2008 15:50

OVIEDO, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado hoy el recurso de apelación interpuesto por la defensa de José Carlos Augusto Braga, condenado a 21 años de prisión, acusado de matar, en marzo de 2006, a su mujer, Isaura Pascual, en la localidad de Bueño (Oviedo) tras asestarle varias puñaladas y arrojarle una piedra de grandes dimensiones sobre su cabeza, según informó el TSJA mediante un comunicado.

La defensa, ejercida por José Carlos Botas, apeló al Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) con la intención de que retirase de la sentencia la agravante de parentesco y reducir así su condena. El letrado defendió ante la Sala de lo civil y penal del TSJA que el matrimonio de Braga con la fallecida, Isaura Pascual, estaba ya roto y no había vínculo alguno entre ellos.

El fallo del TSJA sostiene que el acusado y la víctima estaban separados de hecho y había sido interpuesta una demanda de separación en tal sentido por Isaura, y que "aun habiendo cesado la convivencia de los esposos, pasados los primeros días ambos reanudaron los contactos personales y se veían con cierta periodicidad fuera de recinto de la Casa de Acogida".

En coherencia con lo probado, apunta la sentencia del TSJA, "concurre la agravante de parentesco dado que a pesar de que estaban separados de hecho victima y acusado y existía una demanda de separación interpuesta por Isaura dicha separación no era prolongada dado que se veían con asiduidad como reconoce el propio acusado y la hermana de la victima que depuso en el acto del juicio lo que prueba que las relaciones en principio no estaban rotas existiendo intereses comunes por la prole que tenían por lo que su estimación parece evidente".

Por otro lado, la indemnización a Aurora Machado, la hermana de Isaura Pascual, fue otro de los puntos del recurso planteado por la defensa del parricida de Bueño, al entender que no hay pruebas de que existiera entre ellas una relación tan estrecha que justifique una indemnización de 30.000 euros.

En este sentido, el TSJA consideró evidente que la indemnización que acuerda la sentencia en favor de una de las hermanas de la victima Aurora Machado responde al evidente daño moral que el fallecimiento produce naturalmente en el entorno familiar mas próximo.

Y también lo es que la razón de su otorgamiento y cuantificación no es solo el vínculo parental, sino el apreciar una especial relación precisamente con esta hermana, única que compareció en el plenario, donde el Magistrado-Presidente, pudo percatarse con inmediación del "evidente daño moral por el fallecimiento de su hermana".

Los hechos ocurrieron a primeras horas de la mañana del día 14 de marzo, cuando Isaura Pascual fue recogida por el acusado con quien había quedado para verse. Sobre las 10 o 10.30 horas ambos se dirigieron en la furgoneta del acusado a la zona conocida como El Caleyo, y después hasta el lugar donde se encuentra la cantera denominada Cogollo, en las inmediaciones de Bueño.

Estando en dicho lugar, y tras bajar del vehículo, el acusado "con el propósito de dar muerte a su esposa" extrajo un cuchillo y le asestó "repetidas puñaladas" en la cara y en el cuello, así como sobre la mano y el antebrazo derechos.

Pese a que la víctima se encontraba "absolutamente indefensa" y en estado crítico, el acuso "quiso extremar su dolor y sufrimiento" y la arrastró unos metros. Posteriormente, cogió una piedra de 15 kilogramos de peso y la arrojó "con fuerza" contra su cabeza.