El TSJA anula la ordenanza de protección del medio ambiente atmosférico del Ayuntamiento de Oviedo

Publicado: martes, 25 septiembre 2018 20:16

El fallo recoge que la ordenanza no es conforme a derecho al
no existir informe o memoria económica vinculada a la misma

OVIEDO, 25 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias ha dictado una sentencia en la que estima el recurso interpuesto por la Confederación Asturiana de la Construcción, CAC-Asprocon, en el contencioso administrativo interpuesto contra la ordenanza de protección del medio ambiente atmosférico del Ayuntamiento de Oviedo, publicado en el (BOPA de 8/08/2017).

Dicha sentencia declare nulo y sin efecto el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Oviedo con fecha 4 de julio de 2017, por el que se aprueba definitivamente la Ordenanza de Protección del Medio Ambiente Atmosférico.

La sala considera que dicha ordenanza no es conforme a derecho al no existir el informe o memoria económica para la aprobación de la misma, que analice las repercusiones económicas, tanto para los destinatarios, como para la propia Corporación, desconociéndose si se cumplen o no los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Según recoge el fallo se trata de una norma ambigua, confusa, oscura y contiene una relación, concepto y obligación indeterminada, lo cual vulnera el principio de seguridad jurídica, legalidad, interdicción de la arbitrariedad, objetividad y confianza legítima en la actuación de la administración, defectos que vician de nulidad la ordenanza aprobada. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de casación, en el término de 30 días, para ser resuelto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

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