El TSJA obliga al Principado a admitir el expediente de caducidad de la mina de Salave

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Foto: COORDINADORA ECOLOXISTA DE ASTURIES
Actualizado: jueves, 5 junio 2014 11:57
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OVIEDO, 5 Jun. (EUROPA PRESS) -

   La Plataforma Oro No ha anunciado este jueves que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias le ha dado la razón en la demanda presentada contra el Principado de Asturias por inadmitir el expediente de caducidad que el colectivo había presentado frente a las concesiones mineras de Asturgold denominadas Grupo Salave.

   En una nota de prensa, la plataforma señala que la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha condenado al Principado de Asturias mediante Sentencia de veintiséis de mayo de dos mil catorce "a que lleve a cabo la tramitación del expediente de caducidad de las concesiones mineras del Grupo Salave"; imponiendo a la Administración y a Asturgold las costas procesales causadas.

   Esta condena obligaría al Principado, según el colectivo, a "tramitar un expediente de caducidad de las concesiones "Dos amigos nº 24.371", "Salave n º 25.380", "Figueras nº 29.500" "Ampliación a Figueras nº 29.969" y "2ª Ampliación a Figueras nº 29.820" que son los permisos sobre los que Asturgold pretende obtener autorización para el proyecto de minero de Salave".

   En este sentido, Oro No va a solicitar que "se paralice la tramitación de la autorización del proyecto minero de explotación de "Salave" hasta que no se finalice dicho expediente de caducidad. Tal y como advertimos en su día, el Principado podía ser responsabilizado en el caso de que aprobase un proyecto sin esperar a un pronunciamiento sobre la caducidad de las concesiones".

   La Sentencia deja patente, según la nota de prensa, que el Principado de Asturias inadmitió de modo ilegal las peticiones de caducidad presentadas por Oro No, lo que supone una prueba más del trato ilegal y de favor que recibe Asturgold por parte de la Administración autonómica, hechos que ORO NO denuncia una vez más. Por ello, exigimos al Gobierno de Asturias que se ciña a la legalidad en sus actuaciones y defienda los intereses generales, dado que en caso de no hacerlo, serán los Tribunales los que amparen los derechos de los afectados.