Aprobada la norma técnica para el uso de la marca 'CC Calidad Controlada' en el queso de oveja curado

Actualizado: miércoles, 23 diciembre 2009 11:36

Se suma así a las patatas de Valderredible, el pimiento de Isla, el puerro, el tomate y la miel, incluidos en este distintivo de calidad

SANTANDER, 23 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria ha aprobado la norma técnica para el uso de la marca de garantía 'CC Calidad Controlada', correspondiente al queso de oveja curado.

El Queso Curado de Oveja se sumará así a los que ya ampara este distintivo de calidad que actualmente incluye en Cantabria las patatas de Valderredible, el pimiento de Isla, el puerro, el tomate y la miel.

Según establece la Orden, recogida por Europa Press, y que entrará ya en vigor, esta norma técnica tiene por objeto definir los requisitos de composición y características específicas que debe reunir el queso curado de oveja para su distinción por la marca de calidad 'CC Calidad Controlada'.

Así, debe tratarse de queso elaborado con leche cruda de oveja, de pasta prensada y curado un mínimo de 60 días para quesos con peso igual o inferior a 1,5 kilos y un mínimo de 120 días para quesos con un peso superior a esa cantidad.

Además la norma establece que la corteza del queso deberá tener una consistencia semidura y aspecto seco, además de un color amarillo marfil, y en cuanto a la pasta, estipula que debe ser de color blanco amarillento con mayor o menor intensidad en función de la maduración, mientras la textura será firme.

La norma fija que en la elaboración del Queso de Oveja Curado 'CC Calidad Controlada' se utilizará leche cruda de oveja procedente de ganaderías sanitariamente aptas con un contenido inferior de 500.000 colonias de gérmenes a 30º centígrados; cuajo de origen animal; fermentos lácteos, y cloruro sódico.

Sólo se admitirán como aditivos el cloruro cálcico (E-509), en dosis limitada por la buena práctica de fabricación, y el Nitrato potásico (E-252), con una cantidad máxima que puede añadirse durante la fabricación de 75 miligramos por kilo.

COMERCIALIZACIÓN

La norma también fija que en las cámaras de maduración, los quesos amparados por la marca de garantía deberán estar claramente diferenciados con el distintivo 'CC' de los demás, así como identificados con fecha de fabricación.

Igualmente establece que deben comercializarse en piezas enteras (el peso puede oscilar entre los 400 y los 3.200 gramos), y con la etiqueta adherida sobre su cara superior plana, en la que además de las especificaciones contenidas en la normativa aplicable, deberá incluir el distintivo de la marca 'CC Calidad Controlada'.

Finalmente, los operadores habrán de asegurar el cumplimiento de los parámetros exigidos y deberán registrar y conservar la documentación que acredite este autocontrol ante los organismos de inspección.

Al respecto, el órgano de control establecerá los sistemas de control que se estimen necesarios en la cadena de proceso del producto en producción, conservación, almacenamiento, manipulación, envasado y comercialización a fin de asegurar que el producto que llegue al mercado identificado con el distintivo 'CC Calidad Controlada' cumpla los requisitos establecidos en la norma y demás normativa aplicable.

La Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA) será la encargada de llevar el Registro de los operadores autorizados para el uso de la marca. En la inscripción se anotarán los datos del operador (razón social y domicilio), el producto y la marca o marcas comerciales con que se presenten en el mercado.

'CC Calidad Controlada' es una marca de calidad registrada por la ODECA de acuerdo con las especificaciones de la Ley de Marcas, cuyo fin es garantizar la calidad singular de los productos alimentarios que lo acrediten, cumpliendo los requisitos del reglamento General de la Marca y las normas especificas que se dicten para cada producto, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente.