Convenio entre FEGA y Cantabria para coordinar actuaciones de intervención y regulación de mercados agrarios

Actualizado: sábado, 4 abril 2009 15:28

SANTANDER, 4 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha suscrito un convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la coordinación de las actuaciones de intervención y regulación de mercados agrarios.

Según una resolución del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, recogida por Europa Press, el convenio tiene por objeto establecer la cooperación entre las partes para coordinar las gestiones de intervención y regulación de mercados, de conformidad con lo establecido en el Reglamento por el que se regula el régimen de los organismos pagadores y de coordinación de los fondos europeos agrícolas.

El convenio establece que a la comunidad autónoma le corresponde la gestión en su territorio de las actuaciones ejecutivas correspondientes a las operaciones de intervención y regulación de mercados agrarios que se efectúen en su territorio, y que sean competencia del FEGA.

Igualmente le competen las actuaciones necesarias que se deriven de operaciones realizadas en el ámbito territorial de otras Comunidades Autónomas, y cuyas materias primas, perceptores, almacenamiento o destino de los productos corresponda o proceda del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Corresponde, igualmente a la Comunidad Autónoma de Cantabria la ejecución de los controles y la emisión de los documentos que resulten necesarios, en aplicación de la reglamentación sobre restituciones a la exportación de productos agrarios, cuando dichos controles o emisiones deban realizarse en el ámbito geográfico de su competencia.

Por su parte, el FEGA establecerá, para cada tipo de operación, las condiciones generales y coordinará la forma de actuación que proceda, y remitirá a la Comunidad Autónoma de Cantabria los fondos necesarios para efectuar las compras de intervención.

Igualmente remitirá a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el porcentaje que corresponda por las actuaciones efectuadas, los importes transferidos por la Unión Europea para la financiación de las operaciones materiales que resultan del almacenamiento público de los productos agrarios, excepto cuando la contratación del almacenamiento se realice de forma centralizada o con la participación del FEGA, en cuyo caso el pago del arrendamiento y otros gastos los realizará la Comunidad Autónoma, previa provisión de fondos por dicho organismo.