Convocadas ayudas para fomentar acciones de desarrollo y aprovechamiento de los bosques en zonas rurales

Actualizado: lunes, 18 mayo 2009 12:28

SANTANDER, 18 May. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria ha convocado subvenciones para 2009 para fomentar acciones de desarrollo y aprovechamiento de los bosques en las zonas rurales de la región.

Así, serán subvencionables planes de ordenación o aprovechamiento del monte, así como planes de certificación forestal; la creación y mejora de los viveros que se requieren en los programas de forestación; la propia reforestación de superficies en masas con baja densidad de arbolado; limpiezas de matorral, clareos, primera clara, podas, prevención y tratamiento de plagas y otros trabajos selvícolas de mejora del bosque; reconstrucción de los bosques destruidos por los incendios o por otras agresiones o catástrofes naturales; y construcción, conservación y mejora de vías forestales, cortafuegos y puntos de agua.

Para poder optar a las ayudas que regula esta Orden de la Consejería, publicada hoy y recogida por Europa Press, las solicitudes deberán contener actividades o proyectos viables y ejecutables en su totalidad entre el 1 de enero de 2009 y el 1 de noviembre de 2010, como regla general.

La superficie mínima objeto de ayudas será de una hectárea y media, de una sola pieza o constituida por varias partes incluidas dentro de una misma parcela que cumpla los requisitos para poder acogerse a la subvención. En caso de agrupación de propietarios forestales esta superficie mínima será de tres hectáreas en una sola pieza.

Podrán beneficiarse de las ayudas los titulares de explotaciones forestales, bien sean personas físicas o jurídicas, de derecho público o privado y agrupaciones de titulares de explotaciones agrarias, siempre que su explotación radique en la Comunidad Autónoma y cumplan los requisitos de la Ley de Subvenciones de Cantabria. A estos efectos, para formar una agrupación se requerirá que, como mínimo, cinco titulares de explotaciones se agrupen, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica propia, para realizar en común las actividades forestales.

Asimismo, podrán beneficiarse de estas ayudas los titulares de consorcios, arrendamientos o cualquier otra figura de cesión de usufructo del vuelo, que acrediten derechos reales del solicitante sobre el terreno en cuestión.

El importe máximo de las ayudas será del 50%, (creación y mejora de viveros); 70% (reforestación de superficies en masas con baja densidad de arbolado); y el 100% en el resto de casos (planes de ordenación, limpiezas de matorral, reconstrucción de los bosques destruidos mejora de vías forestales).

Los importes máximos de las inversiones que pueden ser objeto de las ayudas previstas serán de 15.000 euros para los planes de ordenación o aprovechamiento del monte del apartado (la ayuda consistirá en una cuantía por hectárea que dependerá de la superficie del monte a ordenar) y de 18.000 euros para la creación y mejora de los viveros que se requieren en los programas de forestación.