Aprobada definitivamente la Ordenanza Municipal de Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos

Entrada de un colegio concertado con los contenedores llenos delante
EP
Actualizado: lunes, 11 octubre 2010 10:47

SANTANDER, 11 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Ordenanza Municipal de Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos del municipio de Medio Cudeyo ha quedado aprobada con carácter definitivo después de que no se hayan presentado alegaciones o reclamaciones tras su aprobación provisional.

La Ordenanza, publicada este lunes en el BOC, regula las situaciones y actividades dirigidas al mantenimiento de la gestión de los residuos urbanos, "en orden a la protección del medio ambiente, ornato, salud pública y presencia urbana", según señala el texto de la nueva normativa.

Esta Ordenanza es de aplicación exclusivamente a los residuos urbanos o municipales, entendidos como los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades.

En concreto, la ordenanza regula residuos tales como desechos de la alimentación, del consumo doméstico y residuos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas municipales.

También los residuos orgánicos procedentes del consumo de bares, restaurantes, hoteles, residencias, colegios y otras actividades similares, así como los producidos en pequeños comercios, mercados, autoservicios y establecimientos análogos.

Además incluye los escombros, tierras y pequeñas cantidades de residuos procedentes de obra domiciliaria (hasta un máximo de 25 kilos diarios); los restos de poda y jardinería troceados procedentes del mantenimiento doméstico de jardines, o del Servicio Municipal de Parques, Jardines y Limpieza Urbana; envoltorios, envases y embalajes rechazados por los ciudadanos o producidos en locales comerciales; y residuos de actividades industriales, comerciales y de servicios que puedan asimilarse a las basuras domiciliarias en las cantidades previstas en esta Ordenanza.

Finalmente incluye los muebles, enseres viejos y artículos similares (residuos voluminosos), en las cantidades previstas en el reglamento del servicio, y animales domésticos muertos de menos de 25 kilos (mascotas y similares), así como las "deposiciones de animales de compañía que sean entregadas de forma higiénica", señala la Ordenanza.

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