Las PAH de Cantabria solicitarán mañana la suspensión "inmediata" de las ejecuciones hipotecarias

Paralización de un desahucio en Cantabria
PAH
Actualizado: lunes, 29 septiembre 2014 16:48

SANTANDER, 29 Sep. (EUROPA PRESS) -

Las Plataformas de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Santander y Cantabria solicitarán este martes, día 30, a las 11 horas, en los Juzgados de la calle Alta de la capital cántabra, la suspensión "inmediata" de los procedimientos de ejecución hipotecaria "por ser contrarios al derecho comunitario y por vulneración constante de los Derechos Humanos".

En nota de prensa, las plataformas explican que presentarán un escrito dirigido al juez decano de Santander para que facilite a los jueces encargados de las ejecuciones hipotecarias las diferentes sentencias dictadas del Tribunal Justicia de la Unión Europea relacionadas y fije la convocatoria de una Junta de Jueces en la que se incluya como punto del orden del día la suspensión de dichos procedimientos.

La PAH explica que las razones de su petición se basan en que, desde el estallido de la crisis en 2008, se han producido "ejecuciones hipotecarias masivas" contra la población "vulnerable", que "acuciada por el paro y el empeoramiento de las condiciones de vida han sido incapaces de pagar la cuota de sus préstamos hipotecarios".

Muchos de estos préstamos, añade, "se encontraban plagados de cláusulas abusivas y con una vivienda absolutamente sobrevalorada como garantia, pudiendo ser denominados como productos financieros tóxicos".

Desde las Plataformas de Afectados por la Hipoteca se ha denunciado "reiteradamente" que los procedimientos de ejecución hipotecaria españoles constituyen una "violación sistemática" de los derechos humanos, puesto que sitúan a la persona ejecutada en situación de "absoluta indefensión", posición "apoyada ahora" por la sentencia del tribunal de la UE, dictada el pasado 17 de julio.

Esta sentencia, según recuerdan, dictamina que la norma española "no sólo viola la Directiva 93/13 en lo referente a la protección de los consumidores sino que además es contraria al artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea".

"Esta resolución ha condenado al sistema procesal español por violar de forma sistemática un derecho fundamental, el derecho a la tutela judicial ejectiva, y por aumentar la desigualdad entre el profesional y el consumidor y por no suspender los procedimientos de ejecución hipotecaria ni en apelaciones ni en procedimientos ordinarios", subrayan.

Por ello, según las PAH, y teniendo en cuenta el artículo 9.1 de la Constitución, los tribunales no pueden aplicar una norma ilegal, porque en caso contrario se estaría vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva, lo que "deviene en la nulidad radical de la resolución".