El Ayuntamiento saca a información pública el Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico

Actualizado: lunes, 11 octubre 2010 12:12

SANTANDER, 11 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Valdeolea ha sometido a información pública el Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico correspondiente a este municipio situado en la cuenca alta del Camesa.

Dicho catálogo fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 28 de septiembre.

Ahora se somete a información pública durante el plazo de treinta días hábiles, período durante el cual estará a disposición de los ciudadanos en la Secretaría del Ayuntamiento, a efecto de que los interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas.

Según la información consultada por Europa Press, el Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico correspondiente al Ayuntamiento de Valdeolea, se ha realizado conforme a la modificación introducida en los artículos 112.3 f y 113.1.g de la Ley de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria.

Así, el primer artículo, referido al régimen del suelo rústico de especial protección, señala que podrán ser autorizadas, con carácter excepcional, las obras de reestructuración, renovación y reforma de edificaciones preexistentes, que no estén fuera de ordenación, para ser destinadas a los usos autorizados en dicho artículo, así como a uso residencial, cultural, actividad artesanal, de ocio o turismo rural, siempre que estén incluidas en un Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico elaborado por el Ayuntamiento, que incluya las edificaciones existentes con características arquitectónicas, tipológicas y constructivas propias de una edificación rural del entorno y una superficie construida no inferior a cincuenta metros cuadrados.

Dicho Catálogo podrá contemplar ampliaciones de hasta un diez por ciento de la superficie construida para uso de vivienda o hasta un veinte por ciento de la misma para fines culturales, artesanales, de ocio o turismo rural.

En cuanto al segundo artículo sobre el Régimen del suelo rústico de protección ordinaria, señala en el apartado al que se refiere el catálogo que podrán ser autorizadas las obras de reestructuración, renovación y reforma de edificaciones preexistentes, que no estén fuera de ordenación, para ser destinadas a los usos autorizados en este artículo, así como a uso residencial, cultural, actividad artesanal, de ocio o turismo rural, siempre que estén incluidas en el catálogo al que se refiere el artículo 112.3.f) y con las mismas características y condiciones establecidas en aquél. SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA

El pasado 17 de mayo, la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo del Gobierno de Cantabria, publicó la Orden que ha regulado y convocado para este año 2010 subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración del Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico.

Así se ha creado una línea de ayudas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria destinada a subvencionar el coste en que deben incurrir para dar cumplimiento a las exigencias legales derivadas de las posibilidades de ampliación de las actuaciones autorizables en el suelo rústico.

La cuantía máxima a subvencionar es del 80% del importe de adjudicación del contrato de servicios presentado por el Ayuntamiento. En todo caso, el límite máximo a percibir será de 10.000 euros.

Dada la prolongada duración del procedimiento para la elaboración de este tipo de instrumentos de planeamiento, que habitualmente excede el ejercicio presupuestario, y con el fin de facilitar la imputación parcial de los costes totales de dicho procedimiento por parte de los Ayuntamientos, se establecen dos fases.

Así, en una primera, que se considerará concluida cuando se proceda por el Pleno de la Corporación Municipal a la Aprobación Inicial del CER, se le atribuye un 40% del coste total, o, en su caso, el gasto efectivamente acreditado si es menor.

En cuanto a la segunda fase, que se considerará concluida una vez sea aprobado definitivamente el CER por el Pleno de la Corporación Municipal de conformidad con el Informe emitido por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y publicado en el Boletín Oficial de Cantabria, se le atribuye un 60% del coste total, o conforme con la fase I, el resto de la ayuda concedida pendiente.