CROTU deniega la instalación de una planta fotovoltaica en suelo rústico de San Vicente del Monte (Valdáliga)

Actualizado: domingo, 30 mayo 2010 10:06

SANTANDER, 30 May. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU) ha denegado una solicitud de autorización para la instalación de una planta fotovoltaica en suelo rústico de San Vicente del Monte (Valdáliga).

Según la notificación del acuerdo, recogido por Europa Press, con fecha 12 de diciembre de 2007 tuvo entrada en la Dirección General de Urbanismo el expediente de solicitud de autorización para la instalación de una planta fotovoltaica eléctrica de 10 kW conectada a la red de baja tensión, en suelo rústico de la localidad de San Vicente del Monte, en el término municipal de Valdáliga.

En la documentación obrante en el expediente consta que se trata en concreto de un proyecto de una planta fotovoltaica de 13,2 kW de potencia mediante 60 paneles en 5 cadenas de 12 paneles cada una. La superficie en planta es de 140 m2.

Conforme a la solicitud presentada, la "instalación se ubicará sobre la cubierta plana de un local recientemente habilitado para guardar maquinaria agrícola, aperos de labranza, herramientas, silos, etc., junto a la casa del inversor", añadiendo que "el habitáculo para maquinaria y aperos de labranza reúne unas condiciones muy favorables para la instalación que se pretende llevar a cabo".

Constan en el expediente sendas copias de licencia municipal concedidas por el Ayuntamiento de Valdáliga, para "reconstrucción de garaje" (15 de diciembre de 2005) y "para hacer un garaje" (25 de noviembre de 1998).

Conforme el Informe técnico de la Dirección General de Urbanismo, tras visita de inspección girada el pasado 26 de marzo de 2010, se observa que "en la actualidad se está realizando una construcción con las características propias de una vivienda en la planta primera, con fachada de piedra, aislada interiormente y con particiones realizadas con tabique de ladrillo".

Así, vistos los informes emitidos, la Ley de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, las Normas Subsidiarias del Municipio y demás legislación aplicable, la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo ha acordado denegar la solicitud para instalar una planta fotovoltaica en suelo rústico de San Vicente del Monte, por entender que dicha solicitud no se ajusta ni corresponde con la situación real de la actuación, pretendiéndose realizar la instalación sobre una construcción con las características propias de una vivienda, cuando en origen fue promovida sobre local para maquinaria, aperos y herramientas.

Contra el acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de Cantabria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.