Treinta carreteras autonómicas están sometidas a especial protección por atravesar espacios naturales

Mirador de Valvanuz
EP
Actualizado: sábado, 21 agosto 2010 10:46

SANTANDER, 21 Ago. (EUROPA PRESS) -

Un total de 30 carreteras autonómicas de Cantabria están sometidas a un régimen de especial protección por atravesar espacios naturales. Así lo recoge el Decreto sobre carreteras de especial protección por atravesar Espacios Naturales Protegidos de Cantabria.

Del total de carreteras consideradas de especial protección, nueve corresponden a vías a las que se aplicará dicho decreto en tanto no se desarrolle un régimen jurídico específico para el resto de carreteras o tramos de especial protección previsto en la Ley de Carreteras de Cantabria.

Se trata de la CA-631, Vega de Pas-Puerto de Estacas de Trueba, excepto tramos urbanos; CA- 643, San Roque de Río Miera-Puerto de Lunada en sus tramos no incluidos en el Parque Natural Collados del Asón, excepto tramos urbanos; CA-423 entre la Fuente del Francés y la Estación de Villaverde de Pontones; Mirador de Quintanilla en la CA-282; Miradores de la Vueltuca y la Asomada del Ribero en la CA-182; Miradores de la Cruz de Cabezuela, del Zorro y del Jabalí en la CA-281; Mirador del Alto de Ajo en la CA-141; Mirador de Gualpedroso en la CA-280; y Miradores de Alisas en la CA-261, según datos contenidos en el documento relativo al IV Plan de Carreteras, consultado por Europa Press.

El resto son carreteras que atraviesan espacios naturales. Se trata de las CA-185 y CA-889 en los tramos incluidos en la delimitación del Parque Nacional de los Picos de Europa; las CA-231 y CA-305 en los tramos incluidos en la delimitación del Parque Natural de las Dunas de Liencres; CA-280, CA-817 y CA-804 en los tramos incluidos en la delimitación del Parque Natural Saja-Besaya; CA-131, CA- 363, CA-364, CA-843, CA-844 y CA-847 en los tramos incluidos en la delimitación del Parque Natural de Oyambre; CA-412 en los tramos incluidos en la delimitación del Parque del Macizo de Peñacabarga; CA-241, CA-268, CA-148 y CA-908 en los tramos incluidos en la delimitación de la Reserva Natural de las Marismas de Santoña y Noja, y CA-265 y CA-643 en los tramos incluidos en la delimitación del Parque Natural de Collados del Asón, y la CA-665 en su totalidad.

El objeto del Decreto es asegurar que en la gestión de las carreteras de la Red de la Comunidad Autónoma de Cantabria que atraviesan Espacios Naturales Protegidos y en las actuaciones de terceros en su zona de influencia, se salvaguarden las condiciones medioambientales y se favorezca el uso público ordenado de las mismas, todo ello de forma compatible con el mantenimiento de la funcionalidad y seguridad vial de las carreteras.

Para ello, los estudios y proyectos de nuevas carreteras y de variantes significativas de las mismas requerirán de Declaración de Impacto Ambiental, salvo en los casos en los que desarrollen trazados y características recogidos en instrumentos de ordenación del territorio o en Estudios Informativos de carreteras con Declaración de Impacto Ambiental positiva.

Igualmente, los proyectos de acondicionamiento de trazado de una carretera singular de especial protección ecológica y paisajística por atravesar Espacios Naturales Protegidos requerirán Estimación de Impacto Ambiental.

En todo caso, los estudios y proyectos de 'carreteras singulares de especial protección ecológica y paisajística por atravesar Espacios Naturales Protegidos' que no requieran Declaración o Estimación de Impacto Ambiental, deben incluir un Documento de Análisis Ambiental, salvo cuando se trate de labores regulares de conservación necesarias para garantizar la seguridad vial.

Entre las medidas que establece el Decreto se encuentra la relativa a que la elaboración y diseño de toda actuación que se proyecte sobre las carreteras objeto de protección especial deberá incorporar criterios ambientales, así como las oportunas Medidas de Integración Ambiental, si proceden.

Estos criterios están orientados a la protección de la atmósfera; del agua y los sistemas acuáticos; el suelo; la vegetación; la fauna; el paisaje, los procesos ecológicos, e incluso a proteger el sosiego público minimizando los niveles sonoros.