Absuelven a un hombre de incitar a una menor a la prostitución porque no ofreció contraprestación económica

Actualizado: miércoles, 14 julio 2010 15:05

Deberá pagar una multa de 120 euros, ya que ante la intervención de la madre de la menor amenazó con matarlas a las dos

SANTANDER, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto de un delito de inducción a la prostitución a un hombre que propuso a una menor mantener relaciones sexuales. Un Juzgado de lo Penal le condenó a 18 meses de cárcel por los hechos, pero ahora la Audiencia le absuelve porque, según dice, no ofreció contraprestación económica alguna, y esa condición es imprescindible para considerar que hubo inducción a la prostitución.

La sentencia, dictada por la Sección Primera el pasado 22 de junio y conocida hoy, explica que los hechos ocurrieron en agosto del año 2006, cuando la niña contaba apenas 13 años.

El acusado, que responde a las iniciales M.P., se acercó a la menor cuando se encontraba en la calle San Pedro de Santander y le propuso mantener relaciones sexuales, pero ella se negó.

Además, la madre de la chica se acercó y pidió explicaciones al acusado, quien respondió que quería que la niña "subiera a ocuparse de él". Su respuesta dio lugar a una discusión con la madre y, al final, el hombre advirtió de que cuando volviera iba a matar a las dos.

El día siguiente el acusado volvió de nuevo al lugar y reiteró sus propuestas a la menor, lo que provocó una nueva intervención de la madre, A.M.D.C., que empujó reiteradamente al acusado. También acudieron otras personas y un hombre agredió al procesado.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Santander, en enero de este año, condenó al hombre a 18 meses de cárcel y multa de 2.520 euros por un delito de inducción a la prostitución, así como al pago de otra multa de 120 euros por una falta de amenazas. Igualmente, condenó a la madre de la menor a otra multa de 120 euros por los empujones.

Los dos recurrieron ante la Audiencia Provincial, que confirma la condena a la madre, y la condena por amenazas al acusado. No obstante, le absuelve del delito de inducción a la prostitución.

Según argumenta la sala, para que se dé tal delito, no basta con que se realicen propuestas de actos sexuales a la menor, sino que deben realizarse "a cambio de una contraprestación económica", que no hubo en este caso.

Así, recalca que "lo que se imputa" a M.P. es haber realizado una proposición de naturaleza sexual, "pero en modo alguno se facilitó o favoreció" una respuesta favorable a la misma, sino que, ante la negativa de la menor y su madre, "profirió una expresión de contenido intimidatorio" que es la que da lugar a la condena por una falta de amenazas.