(ANULACIÓN) Aprobado el plan especial de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones

Actualizado: lunes, 27 septiembre 2010 9:25

Atención abonados, anulen esta información a todos los efectos y tengan en cuenta la anterior sobre el mismo tema titulada "ntra en vigor el decreto del Inuncant que zonifica las áreas a las que afectaría el desbordamiento de los ríos".

SANTANDER, 27 Sep. (EUROPA PRESS) -

Este lunes se ha publicado el decreto por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Cantabria ante el riesgo de Inundaciones, que entrará en vigor este martes. Denominado INUNCANT, define cuáles son las zonas inundables y los puntos conflictivos, junto con estrategias de intervención para hacer frente a las situaciones de emergencia producidas por las inundaciones.

En los ocho capítulos que conforman el documento, se analiza la orografía territorial y se describen factores geológicos, datos geográficos y geomorfológicos y aspectos hidrográficos, así como la infraestructura hidráulica y aspectos relacionados con la demografía y usos del territorio.

Las inundaciones constituyen un problema a tener en cuenta en Cantabria, tanto por los daños directos --afección a las personas, bienes y medio ambiente-- como por los indirectos --repercusiones económicas, interrupciones en vías de comunicación y otras infraestructuras--.

La mayor parte de los ríos de Cantabria recorren el territorio de Sur a Norte, atravesando los valles con recorridos cortos, salvando importantes desniveles hasta llegar a la desembocadura en el mar Cantábrico. En las zonas medias y bajas de los valles se ubican los principales núcleos de población y actividades económicas diversas, algunas de estas zonas pueden considerarse zonas de riesgo de inundación en caso de producirse avenidas importantes.

Por tanto, se justifica la necesidad de disponer en la región de un Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones, que asegure la intervención rápida, eficaz y coordinada de los recursos y medios disponibles, con el fin de limitar las consecuencias de dichos riesgos sobre las personas, los bienes y el medio ambiente.

El INUNCANT contempla un primer capítulo sobre los principios generales del plan, en el que se define el marco legal, objeto y alcance del mismo, ámbito de aplicación, vigencia, planeamiento territorial de ámbito municipal, así como los planes de autoprotección y los planes de emergencia de presas.

En el segundo capítulo se describe la información territorial en la que se incluyen datos geográficos, factores geológicos y geomorfológicos y la orografía del territorio. Además se exponen aspectos hidrográficos, con la descripción de vertientes y cuencas, climáticos, hidrológicos, de infraestructura hidráulica y de la cubierta vegetal, así como aspectos relacionados con la demografía y usos del territorio.

En el tercer capítulo se establecen las zonas inundables y puntos conflictivos que aporten información significativa para la previsión y estrategias de intervención para hacer frente a las situaciones de emergencia producidas por las inundaciones.

En el cuarto se estudia el riesgo de inundación, mediante la zonificación del territorio; en el quinto, se describe la estructura organizativa del plan, así como las funciones para la dirección y coordinación de las actuaciones que sean necesarias en situaciones de

emergencia; y en el sexto capítulo se describe la operatividad y los procedimientos de movilización de medios y recursos de acuerdo con la titularidad jurídica y competencias de las distintas administraciones

públicas.

En el séptimo capítulo se relacionan los medios y recursos, tanto humanos como materiales, que se pueden utilizar en cualquier momento en situaciones de emergencia provocadas por inundaciones u otros fenómenos geológicos asociados; y en el octavo capítulo se definen las condiciones de implantación, mantenimiento y revisión del propio plan.

(EUROPA PRESS CANTABRIA)