Autorizada la Carta de Servicios de Gestión de Viviendas para facilitar compra, alquiler y rehabilitación

Viviendas en Galicia
EP
Actualizado: miércoles, 22 septiembre 2010 9:52

La tramitación de las ayudas se resolverá en el plazo máximo de un mes una vez aportada toda la documentación

SANTANDER, 22 Sep. (EUROPA PRESS) -

La secretaría general de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo del Gobierno de Cantabria ha hecho pública la resolución por la que se autoriza la Carta de Servicios correspondiente al Servicio de Gestión de Planes de Vivienda, de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.

Su misión es desarrollar las políticas de promoción de la vivienda con el objetivo de facilitar la compra, el alquiler y la rehabilitación de inmuebles, según la resolución, consultada por Europa Press.

El Servicio de Gestión de Planes de Vivienda presta, entre otros servicios, el de información y asesoramiento a la ciudadanía, de forma presencial, telefónica o telemática, respecto a la compra, venta, alquiler y construcción de vivienda protegida (procedimientos, requisitos, etc.), y sobre las ayudas existentes para la adquisición, alquiler y rehabilitación de viviendas.

Igualmente está encargado de la difusión de los Planes de Vivienda mediante la publicación y distribución de folletos informativos; de la gestión y tramitación de las calificaciones de las viviendas protegidas; del control y registro de los contratos de compra-venta y alquiler de vivienda protegida; de la gestión del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida; y de la tramitación de las ayudas destinadas a la adquisición, el alquiler y la rehabilitación de viviendas.

En la Carta de Servicios se asumen una serie de compromisos, entre ellos, emitir, tanto la calificación provisional como las calificaciones definitivas en el plazo máximo de 15 días desde la presentación de la documentación correcta.

Iguamente se compromete a resolver la tramitación de las ayudas a la adquisición, la rehabilitación y al alquiler de vivienda, una vez aportada toda la documentación, en un plazo máximo de un mes.

Además se contempla registrar el 70% los contratos de compra-venta y alquiler de vivienda protegida en el plazo máximo de un mes; y realizar la inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida, de forma inmediata, cuando se presente la solicitud en la oficina de vivienda, o en el plazo de 10 días, cuando se presente la solicitud a través del registro.

Otros compromisos contenidos en la Carta de Servicios son atender al 80 por ciento de las consultas en un plazo de espera máximo de una hora; informar y asesorar a la ciudadanía de forma personalizada, clara y precisa; o citar a la persona interesada en un plazo máximo de una semana cuando se requiera información no disponible en el momento de la consulta.

También se responderá a las cuestiones realizadas por correo electrónico en un plazo máximo de una semana, remitiendo la información por la vía que designe la persona solicitante; y se actualizará la información contenida en los folletos informativos, como mínimo, una vez al año.