El billete del transporte público por carretera costará un mínimo de 1,35 ? a partir del 1 de julio en Cantabria

Actualizado: lunes, 31 mayo 2010 11:49

Cuando se adquiera el billete a bordo del autobús, se facilitará el cambio en los pagos efectuados con billetes de hasta 20 euros

SANTANDER, 31 May. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico del Gobierno regional ha fijado en 1,35 euros, IVA incluido, el precio mínimo del billete en los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera en Cantabria.

Así consta en una Orden del departamento que dirige Juan José Sota, publicada hoy y recogida por Europa Press, y que entrará en vigor el próximo 1 de julio.

En el anuncio se indica que la subida del IVA --que ya está incluida en el billete mínimo-- unida a una reducción de la demanda hace necesario actualizar el mínimo de percepción en los servicios públicos regulares, permanentes y de uso general en el transporte de viajeros por carretera en la región, de forma que no se produzcan desequilibrios económicos en la explotación de las concesiones.

Así, se establece el mínimo de percepción en 1,35 euros por viajero, que deberá constar en los correspondientes cuadros de precios de las empresas concesionarias.

Además, la Consejería recuerda que, tras la entrada en vigor y aplicación de esta tarifa, en el segundo trimestre de cada año se llevará a cabo la revisión del mínimo de percepción, en función de la variación anual del IPC.

En este sentido, precisa que la revisión realizada este año --y aprobada mediante la Orden publicada hoy-- incluye ya la correspondiente a 2011. De esta forma, la próxima revisión se realizará en el segundo trimestre de 2012.

DERECHO DE ADMISIÓN

También se indica que, en caso de adquisición del billete a bordo del vehículo, las empresas concesionarias están obligadas a facilitar el cambio en los pagos efectuados con billetes de hasta 20 euros, pudiendo no admitir a la utilización de los servicios a aquellos usuarios que pretendan satisfacer el precio del servicio con billetes de importe superior.

Dicho derecho de admisión, --en caso de querer ser ejercido por las empresas concesionarias--, deberá ser informado debidamente a los usuarios a través de rótulos visibles colocados de forma permanente en los autobuses.