El Censo elige el martes por sorteo a los 1.750 cántabros que podrán ser llamados como jurados en 2009 y 2010

Actualizado: domingo, 28 septiembre 2008 12:39

SANTANDER, 28 Sep. (EUROPA PRESS) -

El delegado provincial de la Oficina del Censo Electoral en Cantabria designará el próximo martes por sorteo a los 1.750 cántabros que podrán ser llamados a lo largo de 2009 y 2010 para formar parte de tribunales populares en los juicios por jurado que se celebren en la región.

La Ley del Jurado es la que establece que cada dos años, coincidiendo con los pares, se realice este sorteo en cada provincia española para confeccionar el listado de potenciales jurados en los dos años siguientes.

El número de ciudadanos seleccionados para conformar esa lista depende de la actividad judicial de cada provincia y se calcula multiplicando por 50 el número estimado de juicios por jurado que se espera celebrar en ese plazo de dos años. Así que en el caso cántabro, teniendo en cuenta ese sistema de cálculo, se estima que los dos próximos años se celebrarán alrededor de 35 juicios con jurado popular.

El sorteo de los potenciales jurados se celebrará a las doce del mediodía del martes, en presencia de la secretaria judicial encargada de la Oficina del Jurado. Y una vez publicada la lista, se abrirá un plazo para presentar reclamaciones si los seleccionados consideran que no cumplen los requisitos para ser jurado.

Para actuar como jurado hace falta ser español, mayor de edad y saber leer y escribir. Pero además hay que cumplir otros requisitos y hay determinadas incompatibilidades, por ejemplo, no pueden ser jurado, entre otros, los miembros de la carrera judicial o personal en activo de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, determinados cargos públicos, las personas que tengan relación con el caso concreto juzgado o las partes, o quienes estén procesados o condenados y no estén todavía rehabilitados.

El hecho de que una persona sea incluida en esta lista de potenciales jurados no implica siempre que finalmente vaya a ser llamado para formar parte de un tribunal popular, ya que, con antelación a cada uno de los juicios con jurado, se realiza un nuevo sorteo entre todos los integrantes de la lista para seleccionar a 36, que serán los que deban personarse en el juzgado el día señalado.

Y entre esos 36, por un sistema que combina el sorteo y la posibilidad de que las partes recusen a algunos de los elegidos, se seleccionan finalmente los nueve integrantes del jurado de cada juicio, así como los dos suplentes.

EXCUSAS

Además, habrá quienes puedan quedar exentos si acreditan motivos que lo justifiquen. Por ejemplo, podrán ser excusados los mayores de 65 años, quienes ya hayan ejercido como jurado en los últimos cuatro años, los que vayan a sufrir un grave trastorno para compaginar el papel de jurado con sus cargas familiares o los que desempeñen un trabajo de relevante interés general, cuya sustitución originaría importantes perjuicios, entre otros.

Pero, en cualquier caso, lo que deben tener en cuenta los potenciales jurados es que, una vez seleccionados en ese grupo de 36 posibles miembros para un juicio concreto, si no acuden a la sesión de selección del jurado y no justifican adecuadamente las razones de su ausencia, pueden ser sancionados.

Así, hay multas que van desde 150 euros --si la ausencia es en la primera convocatoria para conformar el jurado--, hasta 1.500 euros --si la falta de quórum para elegir el jurado obliga a posponer el juicio y tampoco se persona en la segunda convocatoria--.

El tipo de causas que se juzgan con jurado popular son los delitos contra la vida humana, contra el honor, la intimidad y el domicilio, delitos contra la libertad, contra el medio ambiente o por omisión del deber socorro. También se rigen por el sistema de tribunal del jurado los delitos cometidos por funcionarios públicos en el desempeño de sus cargos.