Condenan a los responsables de una urbanización de Oruña a acabar el proyecto y reparar desperfectos

Actualizado: miércoles, 1 julio 2015 23:55

SANTANDER, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Cantabria ha condenado a los responsables de la construcción de una urbanización en Oruña de Piélagos a reparar las deficiencias en 30 de las viviendas, así como a ejecutar una piscina y un acceso a la carretera que estaban contemplados en el proyecto, y a finalizar también la conexión a la red municipal de saneamiento. Todas estas actuaciones están presupuestas en 434.000 euros.

Así consta en una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, que desestima el recurso interpuesto por parte del arquitecto y que ratifica un fallo previo, dictado en septiembre del año pasado, por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Santander, que estimaba parcialmente la demanda de la comunidad de propietarios de la urbanización La Canal y condenaba a la empresa constructora, a la promotora, a los arquitectos y al aparejador a ejecutar las obras pendientes y reparar las deficiencias detectadas en diversos aspectos.

En caso contrario, de no iniciarse los trabajos en un plazo de 30 días y acabarse antes de un mes, los mismos serán ejecutados a costa de los demandados en el presupuesto fijado.

En concreto, la Audiencia reitera la obligación de la promotora de ejecutar la piscina y el acceso a la N-611 contemplados en los planos, y a la reparación y finalización de la conexión de la urbanización a la red municipal de saneamiento.

Y en el caso de que no sea posible acometer estas obras, la promotora deberá indemnizar a la comunidad propietaria con 144.00 euros (por la piscina), 1.000 euros (por el acceso a la carretera) y 36.000 euros (por la conexión al saneamiento), más los intereses que correspondan.

La sentencia también declara responsable a la promotora, constructora (Emilio Bolado) y arquitectos del proyecto de las deficiencias existentes en diversas parcelas y viviendas, relacionadas con aspectos como drenaje, hormigón, carpintería, cubierta, viales y jardín, y les condena a ejecutar las correspondientes reparaciones, de acuerdo con los informes de los peritos. Deberán iniciar los trabajos en un mes y acabarlos antes de seis o, si no, se ejecutarán a su costa una vez presupuestadas en casi 199.100 euros.

También tendrán que acometer en el mismo periodo o costear desperfectos en escolleras y de proyecto (28.000 euros), impermeabilización de fachadas, anclajes de carpinterías, vigas y barandillas (23.600 euros), y abonar las indemnizaciones a los propietarios que se vieran obligados a abandonar su vivienda durante la ejecución de las obras de reparación.

Asimismo, promotora y constructora han sido condenadas a reparar deficiencias en las chapas empleadas, el pavimento ecológico y la nivelación de la tarima o se ejecutarán igualmente a su costa, por importe de 2.600 euros.

Ante el fallo de instancia, la sucesora del arquitecto técnico presentó recurso de apelación, al entender que éste no tiene ninguna responsabilidad en las obras de urbanización y se limitaba a cumplir las instrucciones y aludiendo también a una modificación en el proyecto.

Sin embargo, la Audiencia subraya en su sentencia, que no es firme, que la responsabilidad que reconoce al aparejador no se debe a los cambios introducidos, sino a defectos derivados de una "mala ejecución", que no "de acabado", o al empleo de materiales inadecuados, a lo que debe responder este profesional.

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