Medio Ambiente concede la AAI al Centro de Tratamiento de Residuos de El Mazo

Actualizado: martes, 13 abril 2010 12:45

SANTANDER, 13 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Medio Ambiente ha otorgado a MARE la Autorización Ambiental Integrada (AAI) al conjunto de instalaciones que conforman el Centro de tratamiento de Residuos de El Mazo, compuesto por la estación de transferencia de Residuos Sólidos Urbanos, el Centro de Recuperación de Residuos Sólidos Urbanos y el vertedero de residuos no peligrosos con una capacidad total de 760.000 toneladas, y ha concedido la AAI y la Declaración de Impacto Ambiental al proyecto de la tercera ampliación del vertedero de residuos no peligrosos de El Mazo, con una capacidad de 350.000 m3, ubicados en los términos municipales de Torrelavega y Piélagos.

La resolución de Medio Ambiente, recogida por Europa Press, se basa en el Informe de Valoración Ambiental, de 16 de febrero de 2010, emitido por el Servicio de Impacto y Autorizaciones Ambientales, en el que se ha tenido en cuenta la naturaleza de la actividad en función de sus potenciales características contaminantes, las causas concretas de su riesgo medioambiental y la ubicación de las instalaciones en relación con los núcleos de población potencialmente afectados, y describe unas medidas de prevención para ser adoptadas por MARE mediante las cuales se considera que el funcionamiento de las instalaciones no afectará las condiciones medioambientales generales del lugar.

El plazo de vigencia de la AAI es de ocho años, contados a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y se podrá solicitar su renovación.

MARE deberá depositar una fianza o garantía equivalente por 2.760.316 euros, resultado de multiplicar los 128.545 m2 de superficie total estimada del vertedero por un coste unitario de sellado de 20,47 euros/m2, más el resultado de multiplicar los 1.075.000 m3 de volumen total del depósito de residuos, por un coste medio de mantenimiento postclausura para un período de 30 años de 0,12 euros/m3.

El precio incluye los gastos generales y el beneficio industrial, por lo que debe ser considerado como coste de ejecución por contrata.

Para otorgar la resolución, Medio Ambiente ha considerado la documentación que obra en el expediente, así como que no hubo alegaciones en el período de información pública, y ha tenido en cuenta las alegaciones presentadas por la empresa a la propuesta de resolución.

La actividad desarrollada por MARE S. A. consiste en un centro de transferencia de residuos sólidos urbanos (RSU), un centro de recuperación y reciclaje de RSU y la gestión de residuos no peligrosos mediante deposición en vertedero.

Ahora, Medio Ambiente impone una serie de condiciones y requisitos para las instalaciones, como para la secuencia de impermeabilización del vertedero, donde establece, entre otros requisitos, que la impermeabilización superficial deberá realizarse de forma simultánea con la explotación del vertedero, y progresivamente a medida que vayan colmatándose las diferentes zonas de éste, de forma que se minimice la entrada de agua superficial en los residuos.

Por otra parte, a nivel general, señala que deberán cumplirse las características técnicas de la instalación y las medidas de prevención y control de la contaminación reflejadas en los proyectos básicos, proyectos técnicos y estudio de Impacto Ambiental de la tercera ampliación del vaso de vertido.

El depósito de residuos en el vertedero se hará de manera tal que se garantice la estabilidad de la masa de residuos y estructuras asociadas, en particular para evitar deslizamientos; y la instalación deberá estar cercada, de manera que se impida el libre acceso a la misma.

La resolución establece condiciones y controles para la recepción e inspección de residuos, como que sólo podrán admitirse residuos no peligrosos y residuos que hayan sido objeto de algún tratamiento previo.

Y también se recogen condiciones y controles para la recepción e inspección de residuos en el centro de transferencia y en el centro de recuperación y reciclaje de RSU .

En cuanto a la calidad de las aguas, se indica que la conexión al sistema de saneamiento Saja-Besaya estará sujeta al Decreto por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Cantabria; y que existirá un único punto de vertido de lixiviados a la red de saneamiento Saja-Besaya.

Igualmente se fijan los caudales y volúmenes medios de vertido y los valores limite de vertido a la red de saneamiento del Saja-Besaya.

Para la protección del suelo y de las aguas subterráneas, se revisará periódicamente el estado del pavimento sobre el que se asientan las instalaciones de MARE y se mantendrá en correcto estado, de manera que no haya riesgo de fugas o derrames al suelo y aguas subterráneas.

En el capítulo de gestión de residuos, se establece que todos los residuos generados en el desarrollo de la actividad de MARE deberán ser entregados a gestor autorizado, y también se fijan normas para el tratamiento de los residuos peligrosos, como son aceite usado, filtros usados, filtros de aceite, envases contaminados, tubos flurescentes, residuos sanitarios, pinturas y barnices, baterías de plomo usadas y pilas, entre otras, que las áreas de almacenamiento deberán mantenerse siempre diferenciadas para cada uno de los tipos genéricos de residuos peligrosos autorizados, no excediendo al tiempo de almacenamiento de seis meses, y quedando expresamente prohibida la mezcla de tipos diversos de residuos peligrosos entre sí o con otros residuos, siempre que esta mezcla dificulte su gestión.

La resolución también establece recomendaciones para la protección contra el ruido; condiciones generales para el cierre y sellado del vertedero de residuos no peligrosos; condiciones postclausura del vertedero; y un plan de vigilancia ambiental, que recoge medidas preventivas y correctoras relativas a recopilación de datos meteorológicos, control de aguas residuales, balance hídrico del vertedero, control de la contaminación del suelo y aguas subterráneas, control de la gestión de residuos, etcetera.

Una vez otorgada la autorización, las instalaciones nuevas o con modificaciones sustanciales, no pueden iniciar su actividad productiva hasta que se compruebe el cumplimiento de las condiciones fijadas en la AAI.