El TC declara inconstitucional un precepto autonómico que restringe la libertad de horarios comerciales

Actualizado: viernes, 17 diciembre 2010 10:08

SANTANDER, 17 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nulo el artículo de la Ley del Comercio de Cantabria que restringe la libertad de horarios en zonas de gran afluencia turística a los establecimientos comerciales minoristas cuya superficie útil de venta y exposición supere 2.500 metros cuadrados, porque esta limitación no está contenida en la legislación básica estatal en materia de horarios comerciales.

El TC estima así el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el presidente del Gobierno al artículo 15.6 de la Ley del Parlamento de Cantabria 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria que establece "la libertad de horarios a los establecimientos comerciales minoristas, con una superficie útil de venta y exposición no superior a dos mil quinientos metros cuadrados, que se encuentren situados en zonas de gran afluencia turística".

De este modo, declara inconstitucional y nulo el inciso "con una superficie útil de venta y exposición no superior a dos mil quinientos metros cuadrados".

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