Todos los centros de diagnóstico notificarán diariamente a Sanidad los resultados de los análisis Covid

Realización y análisis de una prueba PCR.
Realización y análisis de una prueba PCR. - CONSELL DE MALLORCA
Publicado: jueves, 1 octubre 2020 9:20

SANTANDER, 1 Oct. (EUROPA PRESS) -

Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de titularidad privada ubicados y/o presten sus servicios en Cantabria deberán notificar diariamente a Sanidad los resultados de los análisis de COVID-19 cuyas muestras tengan su origen en Cantabria, independientemente de su fecha y resultado.

En el caso de los pertenecientes al Sistema Sanitario Público de Cantabria, esta obligación se entenderá cumplida mediante la descarga automatizada de los resultados y datos asociados de todas las muestras procesadas al sistema informático de vigilancia COVID-19 de Cantabria.

Así figura en el resolución de la Consejería de Sanidad publicada hoy en el Boletín Oficial de Cantabria por la que se establece el procedimiento de notificación por los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de los casos COVID-19 y otra información relacionada durante el periodo de nueva normalidad en Cantabria.

En el caso de los centros privados, la comunicación de los resultados se realizará en el día inmediato siguiente a su obtención, a través de Registro Electrónico Común https://rec.cantabria.es, dirigido al Servicio de Salud Pública de la Dirección General de Salud Pública.

Los casos que resulten positivos deberán ser comunicados vía telefónica de forma inmediata en el teléfono 942 207 647 o a cualquiera de los teléfonos 942 207 745/48/11, así como en la dirección de correo electrónico epi@cantabria.es.

Las pruebas diagnósticas para la detección de la COVID-19 se realizarán de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios recogidos en la página del Ministerio de Sanidad https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/a....

La resolución ha entrado en vigor hoy y, sin perjuicio de su eventual revisión a la vista de la evolución sanitaria y epidemiológica, tendrá vigencia hasta que el Gobierno de la Nación declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El incumplimiento de las obligaciones recogidas en ella podrá ser sancionado de acuerdo con la legislación aplicable.