Tribunales.- Prisión a un conductor que se negó a la prueba de alcoholemia porque le iban "a fastidiar"

Actualizado: jueves, 22 enero 2009 18:14

SANTANDER, 22 Ene. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha condenado a seis meses de prisión a un conductor que se negó a someterse a la prueba de alcoholemia porque "sólo había tomado dos vinos" con gaseosa, y le iban "a fastidiar".

Según recoge la sentencia, hecha pública hoy, los hechos por los que ha sido condenado FF.C.D., ocurrieron sobre las 21,15 horas del 8 de noviembre pasado, cuando circulaba con su coche por la calle Tres de Noviembre de Santander, haciéndolo con sus facultades psíquicas y físicas mermadas a consecuencia de la previa ingesta de bebidas alcohólicas.

En esta situación y dado que estacionó de forma incorrecta, el acusado fue requerido por agentes de la Policía Local de Santander para que se identificase y aportase la documentación del vehículo. Los agentes apreciaron entonces que el conductor presentaba síntomas de embriaguez, por lo que le requirieron para que se sometiera a las pruebas de determinación del grado de impregnación alcohólica, negándose en todo momento a ello, pese a ser advertido de que la negativa podía suponer la comisión de un delito.

Según la sentencia, el acusado presentaba síntomas evidentes de embriaguez, tales como fuerte olor a alcohol, hablar pastoso, capacidad de comprensión muy disminuida y equilibrio vacilante.

VINO CON GASEOSA

Según señala la sentencia, los agentes advirtieron al acusado, hasta en tres ocasiones, de la obligatoriedad de someterse a las pruebas de detección de alcohol, negándose a ello, y diciéndoles que le iban a "fastidiar", y que solo había tomado "dos vinos con casera", contestándole los agentes que en ese caso no daría positivo. Dicha negativa, pese a la advertencia expresa de incurrir en infracción penal, se acredita según la sentencia, tras examinar las actuaciones, donde se hace constar que se informó al acusado de que si se negaba a someterse a dichas pruebas cometería delito, firmando el acusado dicha diligencia.

De igual modo, la sentencia recoge que el acusado relató en el juicio que les dijo a los agentes que quería hacerse las pruebas de sangre "que es lo legal", lo que, "con independencia de que dicha prueba únicamente se prevé como de cotejo, pone de manifiesto que comprendió perfectamente el requerimiento que para soplar en el etilómetro, le fue practicado por los agentes negándose no obstante a efectuarlo".

En cuanto al delito contra la seguridad vial en la modalidad de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, la sentencia llega a la conclusión de que el acusado, cuando fue interceptado conduciendo un vehículo y aparcándolo en lugar prohibido, presentaba síntomas evidentes de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, tales como un fuerte olor a alcohol, la capacidad de comprensión muy disminuida, y la deambulación vacilante, "tambaleante", afirmando los agentes que no estaba en condiciones de conducir.

Añade que la sintomatología descrita por los agentes, junto al fuerte olor alcohol que apreciaron en el acusado, pone de manifiesto que necesariamente tuvo que haber ingerido una cantidad notable de alcohol, pese a haberlo negado en todo momento, y permite concluir que el acusado circulaba con sus facultades claramente mermadas a consecuencia del consumo de bebidas alcohólicas.

Por ello, la sentencia condena al acusado, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de 6 meses de multa con una cuota diaria de 3 euros, 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y privacion del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un año y un día, y también le condena a seis meses de prisión por un segundo delito contra la seguridad vial, por negarse a someterse a las pruebas de detección de alcohol, con la atenuante analógica de embriaguez, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.