El TSJC celebra hoy la vista de apelación contra la absolución del hombre que mató a su inquilina

Actualizado: martes, 12 mayo 2009 8:09

SANTANDER, 12 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) celebra hoy marte, a partir de las 9.30 horas, la vista de apelación en la que el Ministerio Fiscal y la acusación particular defenderán sus recursos contra la sentencia del jurado que absolvió al hombre que mató a su inquilina al considerar que tenía las facultades alteradas debido a la conducta conflictiva de la víctima.

Fiscalía y acusación imputaban al procesado, Ramón G.A., un delito de asesinato por el que pedían penas de 16 y 20 años de cárcel, respectivamente, pero el jurado popular decidió absolverlo porque, a su juicio, "no era dueño de sus actos" en el momento de los hechos, por lo que quedó en libertad tras haber permanecido en prisión provisional desde el 8 de julio de 2007.

El juicio se celebró el pasado mes de enero en la Audiencia Provincial de Cantabria y desde el principio el acusado reconoció los hechos, que tuvieron lugar la madrugada del 2 de julio de 2007 en su domicilio, donde también residía la mujer, Rebeca C.V., a la que había alquilado una habitación.

El veredicto del jurado consideró probado por unanimidad que el acusado llegó sobre las 5.30 horas a su domicilio y en un momento dado, al no conseguir conciliar el sueño, se levantó y se dirigió al sofá, donde estaba la mujer, a la que agarró del cuello con las dos manos apretando con fuerza.

La mujer opuso resistencia y se inició entonces un forcejeo durante el cual se desplazaron hasta el pasillo de la vivienda, donde el procesado cogió un martillo y la golpeó en la cabeza. Al partirse el mango del martillo, volvió a agarrarla por el cuello con fuerza manteniendo la presión hasta que la mujer falleció por asfixia.

El jurado también consideró probado que, tras matarla, el hombre envolvió el cuerpo en una manta y lo llevó hasta la habitación que la mujer tenía alquilada, donde la dejó bajo una bolsa de basura con ropa de la fallecida. A continuación, limpió la sangre del suelo del pasillo con una fregona y tiró a un contenedor el martillo y el pijama que llevaba puesto y que se había manchado de sangre.

Días después, el 7 de julio, avisó a una vecina de que percibía un olor extraño en la vivienda y pensaba que su inquilina podría haber fallecido, pero no reconoció ser el autor de la muerte cuando los policías se presentaron en su domicilio. Fue posteriormente, por iniciativa propia, cuando confesó la autoría del crimen.

INQUILINA "CONFLICTIVA"

El jurado consideró que el hombre actuó afectado por una alteración de sus facultades mentales provocada por la conducta "conflictiva" de la víctima, tesis que también sostenía la defensa, para la que la mujer era "conflictiva, por su vida desordenada y sin actividad laboral fija" y llevaba a la vivienda a personas también conflictivas como "drogodependientes y delincuentes", lo que molestaba al acusado y a los vecinos.

Al final, el jurado, basándose en gran parte en los testimonios de los forenses y los vecinos, consideró que el hombre mató a su inquilina, pero lo hizo alterado por la conflictividad de la mujer.

Posteriormente, la Audiencia determinó que Ramón G.A. debía pagar al hijo de la víctima, que tenía 12 años cuando falleció su madre, 178.601 euros, y a los padres de ésta otros 79.378 euros.