TSJC desestima un recurso de SIEP contra un acuerdo sobre derechos de representación sindical

Actualizado: martes, 23 diciembre 2014 19:11

SANTANDER, 23 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado un recurso del Sindicato Independiente de Empleados Públicos (SIEP) contra un acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Administración de Cantabria, sobre derechos de representación sindical, cuya anulación reclamaba la organización recurrente.

SIEP, que no figura entre los sindicatos que firmaron dicho acuerdo, considera que éste vulneraba de forma "grave", entre otros, el derecho a la libertad sindical y distinta normativa.

El acuerdo, firmado en abril de 2013 por la Administración y cuatro sindicatos (CC.OO, UGT, CSIF y FSES) y publicado en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) el 7 de junio de 2013, es, concretamente el relativo a los derechos de representación sindical "en el marco de sostenibilidad de los servicios públicos de la comunidad autónoma".

Según se explica en el texto publicado entonces en el BOC, y consultado por Europa Press, el objetivo del acuerdo era la determinación de dispensas de asistencia al trabajo y crédito horario para el ejercicio de funciones de representación y negociación y nombramiento de delegados sindicales.

Este acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015 y es aplicable al personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración General, los Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En él, se aludía a distintos pactos y acuerdos alcanzados anteriormente por la Administración de Cantabria, en los que se dotaba a las organizaciones sindicales --decía el acuerdo-- de una serie de derechos que "representaron mejoras sobre las previsiones legalmente establecidas y que podían ser asumidas en un momento histórico concreto".

Sin embargo, se señalaba que las "actuales circunstancias económicas" --las que había cuando se firmó en abril de 2013-- habían hecho adoptar medidas de reducción y control del gasto público que habían impulsado la puesta en marcha de un proceso de "racionalización y reorganización, entre otras materias, en lo que afecta a los derechos sindicales".

En contra de lo que mantiene SIEP, que considera que el acuerdo es "contrario al ordenamiento jurídico", el TSJC cree que no hay vulneración del derecho a la libertal sindical, ni de los otros que cita el sindicato, en él.

En su sentencia, que no es firme, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC condena a costas a SIEP.