El accidente de un turista en un remonte de Toledo, ejemplo para el Defensor de "trámite inútil" entre administraciones

Escaleras mecánicas de safont
Escaleras mecánicas de safont - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 13 mayo 2020 18:16

TOLEDO, 13 May. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo ha presentado este miércoles su informe anual correspondiente a 2019, en el cual argumenta los problemas habituales que se encuentran en cuanto a la demora de resolución de procedimientos relativos a la responsabilidad patrimonial de las administraciones en caso de accidente. En este epígrafe, utiliza un suceso ocurrido en las escaleras mecánicas de Toledo con motivo de un accidente sufrido por un turista de Almería que tardó en ver aprobada su indemnización.

Según explica el Defensor y recoge Europa Press, cuando el accidentado se dirigió a la Corporación toledana, esta le remitió a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Tras el paso de la reclamación por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y por la Consejería de Fomento, esta la desestimó argumentando que en el tramo en que se produjo el accidente no se habían ejecutado obras y, por tanto, no se consideraba responsable.

Se ponía en duda que el concreto tramo de escaleras mecánicas donde se produjo el accidente estuviera bajo la responsabilidad de la Administración autonómica y alertaba de que estaba sujeto a una concesión administrativa.

Iniciadas las actuaciones oportunas, el Defensor del Pueblo consideró, y así se lo comunicó al Ayuntamiento de Toledo, que la principal obligación asumida por el concesionario es la de prestar el servicio conforme a las características establecidas en el contrato.

A tal efecto, la Administración conserva los poderes de policía, con el fin de asegurar su correcto cumplimiento que, en lo que aquí interesa, alcanza a la obligación de indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio.

"TRÁMITES INÚTILES"

La información proporcionada en origen por el Ayuntamiento indujo a una cadena de trámites inútiles, cuando lo procedente hubiera sido informar de la existencia de una concesión administrativa, que tenía en primer término la responsabilidad de responder por los daños producidos.

Por ello, se formuló a dicha Administración local una resolución para que, por analogía con lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, "el órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto debe remitir directamente las actuaciones al órgano que considere competente para su resolución, debiendo notificar esa circunstancia a los interesados", remita la reclamación en casos como el aquí expuesto a la correspondiente empresa concesionaria.

Finalmente, tras dilucidar la titularidad del tramo de escalera donde se produjo el accidente en cuestión, el Ayuntamiento de Toledo procedió a la apertura de un expediente de responsabilidad patrimonial.

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