El Ayutamiento de Almodóvar del Campo (Ciudad Real) convoca subvenciones para las asociaciones locales

Actualizado: domingo, 28 octubre 2007 19:01

CIUDAD REAL, 28 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Almodóvar del Campo (Ciudad Real) ha hecho públicas las bases reguladoras de las ayudas municipales de todas aquellas actividades y servicios que se realicen en el ámbito territorial del municipio durante el año 2007, desarrolladas por asociaciones y colectivos que se encuentren debidamente legalizados e inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones.

Según informó el Ayuntamiento en una nota de prensa, las acciones subvencionables alcanzan actividades de índole de los servicios sociales, asociaciones de madres y padres de alumnos, consumo, mujer, juventud, deportes y cultura.

En el campo de los servicios sociales son subvencionables las actividades preventivas, rehabilitadoras o asistenciales encaminadas a la atención y promoción del bienestar de los ciudadanos, de la infancia y adolescencia, de la ancianidad, de las personas disminuidas físicas, psíquicas o sensoriales, la prevención de toda clase de drogodependencia y la reinserción social de los afectados, de transeúntes e indomiciliados, de minorías étnicas y colectivos con especiales problemas de marginación y las ayudas en situación de emergencia social.

Las asociaciones de madres y padres tienen ocasión de optar a la convocatoria programaciones como la de la escuela de padres, actividades extraescolares o jornadas de convivencia.

Y en cuanto a colectivos relacionados con el consumo, pueden ser beneficiarias las actividades de información, orientación, educación y formación al consumidor y usuario, divulgación de publicaciones y normas de especial incidencia en el área de consumo y en general la atención, defensa y protección de los consumidores y usuarios de acuerdo con lo establecido en la Ley 26 de 1984, de 19 de julio, general para la defensa de los consumidores y usuarios y disposiciones que la desarrollan.

En el caso de la mujer, se contemplan aquellas asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades y programas destinados a este colectivo en el ámbito municipal. Y lo propio en el caso de la juventud, para actividades destinadas a la investigación, documentación, asesoramiento, realización de iniciativas, musicales, campamentos, entre otras y aquellas directamente relacionadas con el sector de población infantil-juvenil.

El apartado de deportes contempla subvenciones para las destinadas a la participación de equipos del municipio en competiciones oficiales, en todas sus categorías, que incluyan la denominación de Almodóvar del Campo en su nombre.

Y las relacionadas con la cultura van dirigidas a aquellas actividades de fomento, divulgación y promoción de la cultura en sus múltiples formas, en especial en el ámbito musical, folclórico y tradicional.

Las subvenciones se otorgarán, previa petición a instancia del solicitante, con cargo a los presupuestos de la Corporación para 2007. En la concesión de las subvenciones se tendrán en cuenta diferentes criterios de valoración, como el interés general de la actividad propuesta; el déficit de actividades análogas; el ámbito, de alcance y destinatarios de la actividad o programa.

También se atenderá a las actividades con un marcado interés social; las que posibiliten la participación; el número de usuarios o beneficiarios de la actividad o programa para los que se solicita la subvención y las aportaciones de la entidad solicitante con cargo a sus propios fondos, así como los provenientes de otras instituciones.

Asimismo, se ha establecido un plazo que concluye el 31 de octubre de 2007. Las comisiones informativas correspondientes formularán propuesta de la concesión en el plazo máximo de quince días desde la finalización del plazo de presentación, que será resuelta por el órgano correspondiente, mediante acuerdo motivado. Los gastos de adquisición de inmovilizado o inversiones no serán subvencionados.

El pago de la subvención concedida se hará efectivo, primeramente en un 50 por ciento del importe total de la cantidad concedida, en el momento que recaiga la resolución favorable y el resto, una vez realizada la actividad, y tras presentar la documentación oportuna en el plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad o programa subvencionado y, en todo caso, antes del 31 de enero del ejercicio siguiente al de la concesión de la subvención.

En concreto, memoria detallada de la actividad desarrollada o relación de ingresos y gastos de la actividad, acreditados por facturas, entre otras.