El DOCM publica la creación del Consejo del Agua de Castilla-La Mancha y la Comisión Delegada para Asuntos del Agua

Actualizado: viernes, 21 abril 2006 21:42

TOLEDO, 21 Abr. (EUROPA PRESS)

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publicó hoy la creación del Consejo del Agua del Castilla-La Mancha con el objetivo de ser un órgano consultivo y de participación y de la Comisión Delegada para Asuntos del Agua como medio asesor y de estudio en materia de agua, según recoge Europa Press.

Respecto al Consejo del Agua, el organismo informará de los anteproyectos de ley en materia de agua propuestos al Consejo de Gobierno o a la Comisión Delegada para Asuntos del Agua; expondrá los planes y proyectos de interés regional sobre recursos hídricos; planteará iniciativas destinadas al uso racional y a la mejora de la calidad del agua y emitirá informes sobre cuestiones de agua.

El nuevo órgano estará adscrito a la Vicepresidencia Primera del Gobierno regional y su composición contemplará una Presidencia, tres Vicepresidencias, 14 vocalías natas, 19 vocalías designadas y una Secretaría.

Según el decreto 41/2006 de 18 de abril de creación del Consejo del Agua castellano-manchego se considera el recurso del agua como patrimonio cultural, económico y ambiental que es preciso proteger a fin de garantizar el desarrollo de las generaciones futuras, conjugando progreso y medioambiente, en un proceso de desarrollo sostenible.

La norma se encuadra en el artículo 31 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha que recoge la competencia exclusiva de la Junta en la organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno, así como la Ley del Gobierno y del Consejo Consultivo regional que establece el ejercicio de la potestad reglamentaria al Consejo de Gobierno.

En relación a la Comisión Delegada para Asuntos del Agua, el órgano estudiará los asuntos que requieran la elaboración de una propuesta previa al Consejo de Gobierno y resolver las cuestiones que no precisen ser elevados al mismo; fijar criterios de política general en materia hídrica; coordinar las tareas de elaboración y seguimiento de Planes y Programas de gestión hidráulica y los parámetros de distribución de las inversiones.

Asimismo, la Comisión Delegada, que se reunirá bimensualmente con carácter ordinario, coordinará los organismos e instituciones de carácter intersectorial o interdepartamental; los convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas en asuntos de su competencia y las que se atribuyan por el Consejo de Gobierno en materia de agua.

Además, se creará un Comité de Coordinación dependiente orgánica y funcionalmente de la Comisión Delegada encargado de la preparación de las reuniones del órgano, el estudio y propuesta de los asuntos a tratar en la Comisión y la aplicación de los criterios de ejecución de los acuerdos adoptados.

La Comisión Delegada para Asuntos de Agua estará compuesta por una Presidencia --en la persona de titular de la Vicepresidencia primera--, seis vocales y una Secretaría. Por su parte, el Comité de Coordinación tendrá una Presidencia, ocho vocalías y una Secretaría.