Hoy entra en vigor la prohibición de hacer fuego y fumar en el medio natural de Castilla-La Mancha

Actualizado: lunes, 1 junio 2009 7:43

CIUDAD REAL, 1 Jun. (EUROPA PRESS) -

Hoy entra en vigor la prohibición de hacer fuego y fumar en las áreas forestales de Castilla-La Mancha, una limitación que regirá hasta el 30 de septiembre, durante el periodo de riesgo alto de incendios forestales.

Como símbolo del comienzo de esta restricción, el delegado provincial de Agricultura y Desarrollo Rural en Ciudad Real, Francisco Chico, y funcionarios del Cuerpo de Agentes Medioambientales, han procedido a precintar unas instalaciones de barbacoa en el paraje conocido como "Umbría de la Fuente", en Alcoba de los Montes, según informó la Junta en nota de prensa.

Se trata, según destacó Chico, de conjugar el derecho de los ciudadanos de disfrutar del medio ambiente con el necesario cuidado y respeto al mismo. Para ello, dijo, "debemos establecer las medidas necesarias que reduzcan el riesgo de incendios".

En este sentido, el delegado solicitó la colaboración de todos los ciudadanos, tanto a la hora de extremar las precauciones, como de avisar al teléfono de emergencia 112 en el caso de que adviertan un conato de incendio o detecten una actividad negligente por parte de una tercera persona.

Chico extendió este llamamiento a los agricultores de la provincia para que extremen al máximo la seguridad en sus labores diarias, sobre todo vigilando que la maquinaria que utilizan disponga de los elementos de seguridad reglamentarios o evitando la eliminación de la poda mediante quemas, entre otras.

UN DECRETO DE 2006

La norma que prohíbe encender y usar fuego en el medio natural, incluso en zonas recreativas y de acampada, en la denominada época de peligro alto, entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, emana del Decreto 63/2006.

"A partir de ahora no se podrá hacer fuego en estas zonas recreativas que se van a precintar por parte del Cuerpo de Agentes Medioambientales. Así, en toda la provincia se van a clausurar todas las barbacoas de las áreas recreativas públicas, tanto propiedad de la Junta de Comunidades como de los ayuntamientos", expuso el delegado.

Del mismo modo, precisó que, fuera de la época de peligro alto, tampoco se podrá hacer uso de fuego, salvo en aquellas instalaciones recreativas autorizadas por la Delegación Provincial y bajo determinadas condiciones.

Asimismo, se recuerda la prohibición de fumar en todos los terrenos forestales y en las franjas de seguridad de cuatrocientos metros de la zona que circunda estos terrenos.