Un juzgado determina que un testigo de Jehová no reciba una transfusión

Actualizado: martes, 11 noviembre 2014 21:39

GUADALAJARA, 11 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El Juzgado de Instrucción número 4 de Guadalajara ha dictado un auto en el resuelve respetar la voluntad de un paciente de 77 años, testigo de Jehová e ingresado en el Hospital Universitario de Guadalajara el pasado 6 de noviembre, que se ha negado a recibir una transfusión de sangre pese a que el equipo médico que lo trataba lo consideraba una "urgencia vital" necesaria para su estabilidad médica.

   Esta resolución, comunicada desde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) y recogida por Europa Press obedece a la problemática planteada desde el Hospital Universitario de Guadalajara ante la negativa de este paciente, N.A.E., a recibir una transfusión sanguínea como parte de un tratamiento médico, decisión motivada por su condición de testigo de Jehová.

   Tras la preceptiva entrevista de la comisión judicial con el paciente y la emisión de un informe forense sobre la capacidad cognitiva y volitiva del mismo, el Juzgado ha acordado respetar la autonomía de la voluntad del paciente y su derecho a negarse a recibir como tratamiento terapéutico la transfusión de sangre en base a otras sentencias consideradas.

   En el auto del Juzgado ha tenido en cuenta la "numerosa jurisprudencia" establecida tanto por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Constitucional, que pone sobre la mesa el conflicto entre el derecho a la libertad religiosa y de conciencia del paciente y el derecho a la vida, y las excepciones que limitan el propio derecho a la libertad personal en esos supuestos.

   Hace referencia a la protección de los menores de edad y de quienes carecen de capacidad para expresar consentimiento informado, y la protección de la salud pública o de los derechos y libertades de las demás personas.

   Según dicha sentencia, en este caso particular que ha resuelto el Juzgado de Guadalajara no concurren los supuestos que la ley establece como excepciones al consentimiento, considerando también que el paciente está "en pleno uso de sus facultades cognitivas y volitivas", por lo que el juez resuelve que "no resulta justificada la imposición obligatoria de la intervención médica, en este caso la transfusión sanguínea.

   N.A.E. se encuentra ingresado en el Servicio de Urología del Hospital Universitario de Guadalajara desde el pasado 6 de noviembre, donde acudió a Urgencias tras sufrir una hematuria con emisión de coágulos, dolencia que a criterio médico aconseja transfusión sanguínea debido a las cifras de hemoglobina (6,5), una intervención médica a la que se negó el paciente por su condición de testigo de Jehová.

   La presente resolución no es firme y contra ella podrá ejercitarse el recurso de reforma y el de apelación.

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