Este lunes se juzga en Albacete a un varón por maltrato físico y psicológico a su expareja sentimental

Publicado: domingo, 27 septiembre 2020 14:06

ALBACETE, 27 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete tiene previsto juzgar este lunes, 28 de septiembre, a M.S.R., acusado de cometer varios delitos contra la que fuese su pareja sentimental, L.M.M., durante cinco años y tras la ruptura con la misma. El Ministerio Fiscal considera que tenía el control sobre ella en todo momento y le causó lesiones físicas y psicológicas.

Según plasma en su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal considera que desde el inicio de la relación el acusado habría mantenido con su ya expareja una atmósfera de violencia, temor y menosprecio, siendo constantes las disputas en las que el acusado llegaba a propinar golpes a L.M.M., con intención de causarle un menoscabo en su integridad física.

Uno de eso momentos sucedió en marzo de 2016, cuando el acusado y L.M.M. quedaron en el centro comercial Imaginalia para que tanto el acusado como la familia paterna pudieran ver a su hija menor que ambos tenían. En un momento en el que ambos están a solas, L.M.M. se quitó el abrigo y el acusado procedió a tocarle sus partes íntimas por encima de la ropa, ante lo que L.M.M. procedió a darle un manotazo para apartarlo.

ACTOS DE VIOLENCIA FÍSICA

En el escrito se recogen varios de los actos de violencia física que el acusado M.S.R. habría ejercido sobre L.M.M. siendo el primero de ellos, sin fecha a determinar ubicándose cuando la hija que tenían en común tenía alrededor de un año de edad. El acusado se desplazó a la vivienda de L.M.M. con la intención de ver a su hija, iniciándose una discusión.

M.S.R., guiado por el propósito de menoscabar la integridad física de la que era su pareja sentimental, le propinó diversos puñetazos en los brazos sin que L.M.M. sufriera consecuencias de dichos golpes.

En el escrito también se relata que, cuando la hija en común tenía entre dos o dos años y medio de edad, ambos estaban en la casa de los padres del acusado. L.M.M. se encontraba preparando el baño a la menor cuando el acusado entró a la habitación, entró a la habitación, cerró la puerta y la cogió del pelo, la agarró del cuello y le propinó un puñetazo en las costillas.

En un tercer episodio, se cuenta que los hechos ocurrieron sobre las 3.00 horas, sin concretar día y siendo en el mes de agosto del 2015 durante las fiestas de la localidad de Peñas de San Pedro (Albacete). El acusado y su pareja sentimental se encontraban en la verbena que se estaba celebrando cuando L.M.M. manifiesta que quería abandonar el lugar porque una persona la estaba molestando e incomodando.

El acusado le respondió que no quería irse mientras que L.M.M. insistió hasta que el acusado se puso agresivo llegando a propinarle un tortazo, tirarla al suelo, darle patadas y puñetazos y escupirla, cesando su comportamiento en el momento en el que observó las luces del vehículo de la Guardia Civil, que se personó en el lugar. Es entonces cuando el acusado le dijo a L.M.M. que hiciese como si no hubiese ocurrido nada.

En un cuarto episodio, el 12 de septiembre de 2015, durante la Feria de Albacete, por la noche en hora no concretada, el acusado y L.M.M. se encontraban viendo la televisión en el salón de la casa de ella cuando M.S.R. comenzó a golpearla de nuevo, dándole patadas en la pantorrilla izquierda al tiempo que le reprochaba que él quería salir y que sabía que ella no quería, pellizcándole en los brazos.

Seguidamente, L.M.M. procedió a marcharse de la habitación hasta que el acusado la cogió del pelo y del cuello para arrebatarle su teléfono móvil con el cual ella había telefoneado a la madre del acusado para decirle que su hijo se estaba poniendo violento. Finalmente el acusado le propinó un bofetón.

El escrito de la Fiscalía también recoge que en la noche del 22 de noviembre de 2015 el acusado, que ese mismo día había acudido en compañía de L.M.M. a la firma de un convenio en mediación familiar en el que se introdujo una variación en el contenido referida al importe de la pensión de alimentos a favor de la hija en común menor de edad, lo que enfadó al acusado. Cuando regresó al domicilio, y encontrándose en su habitación junto a L.M.M, le propinó una bofetada y la empujó de la cama.

En ninguno de estos actos de violencia se ha llegado a constar que la acusada hubiese sufrido lesión alguna al no haber acudido a un centro médico.

ACTITUD CONTINUA DE CONTROL

El Ministerio Fiscal considera qu el acusado tuvo durante toda la relación una actitud continua de control sobre L.M.M, a quien le cogía el móvil y lo miraba y si hacía algo que no le gustaba, se molestaba. Con todo ello, el acusado conseguía tener a L.M.M. en un estado de absoluto control y sumisión hacia él, logrando reducir la libertad de ella, siendo esta actitud continúa incluso tras la ruptura de la relación sentimental.

Y es que, desde febrero de 2016, según se describe en el escrito, L.M.M. habría llegado a recibir incluso 14 llamadas diarias del procesado, instándole a reanudar su relación sentimental, intentando quedar con ella con múltiples excusas por ver a la menor que tienen en común y preguntando al círculo cercano de ella qué estaba haciendo, todo ello en contra de la voluntad de la que en ese momento ya era ex compañera sentimental.

Asimismo, se señala que desde el 5 de febrero de 2016 hasta el 31 de agosto de ese mismo año, L.M.M habría recibido un total de 581 llamadas de voz y dos mensajes SMS, terminando L.M.M. por bloquearle en la aplicación de WhatsApp porque el acusado no paraba de molestarla con continuos mensajes sin ser respondidos, salvo para decirle que la dejara en paz. Con esta insistencia, L.M.M padeció sintomatología ansiosa.

PENAS

Según el escrito de la Fiscalía, los hechos relatados son constitutivos de cuatro delitos por lo que piden al acusado un total de 4 años y tres meses de prisión. El primer delito del que se le acusa es de maltrato físico y psíquico habitual en el ámbito familiar, por el que le piden dos años y tres meses de prisión.

Así las cosas, por la falta continuada de injurias y/o vejaciones injustas le piden la pena de ocho días de localización permanente en domicilio diferente y alejado al de la víctima.

También se enfrenta a un delito de maltrato de obra en el ámbito familiar, por él le piden un año de prisión. Por un otro delito continuado de coacciones en el ámbito familiar, el fiscal pide un año de prisión.

Asimismo, pide para el acusado nueve años y seis meses de prohibición del derecho a la tenencia y porte de armas, además de prohibirle que se aproxime a L.M.M. a su domicilio a una distancia inferior a 500 metros, a su lugar de trabajo y a cualquier lugar en el que se encuentre o sea frecuentado por ella, así como comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, directamente o a través de terceros por un periodo de 8 años y seis meses.

Por último, el Ministerio Fiscal reclama que el acusado M.S.R. indemnice a L.M.M. en la cantidad de 2.500 euros por daños morales sufridos.