El plazo para pedir residencia universitaria comenzará el 2 de junio

Residencia Universitaria Santo Tomás De Villanueva
Foto: EUROPA PRESS/DIPUTACIÓN CIUDAD REAL
Actualizado: miércoles, 21 mayo 2014 9:59
av2" class="NormalTextoNoticia" itemprop="articleBody">

TOLEDO, 21 May. (EUROPA PRESS) -

   El plazo para solicitar residencias universitarias de Castilla-La Mancha para el curso 2014-2015 para antiguos y nuevos residentes comenzará el 2 de junio y finalizará el día 25 de este mes.

   Así se desprende de la orden publicada este miércoles por el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), recogida por Europa Press, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan 1.785 plazas de estancia en las residencias universitarias de la Región para estudiantes de enseñanzas de niveles superiores.

   Del total, 1.630 plazas pertenecen al cupo general; 40 para estudiantes de ciclos formativos de Grado Superior y Enseñanzas Artísticas Superiores; 100 para estudiantes extranjeros que participen en las acciones del programa Sócrates de la Unión Europea u otros programas de cooperación internacional a través de convenios suscritos por las Universidades Públicas o el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con la participación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y 15 para deportistas.

   Podrán ser adjudicatarios de las plazas que se convocan quienes cursen estudios conducentes a títulos oficiales impartidos por la Universidad de Castilla-La Mancha, o por la Universidad de Alcalá.

   La estancia ordinaria en las residencias comprenderá desde el día anterior al comienzo oficial del curso académico 2014-2015 hasta el día siguiente al que figure como último para el periodo de evaluación en convocatoria ordinaria, según el calendario académico oficial aprobado por las universidades correspondientes y los centros educativos que impartan Ciclos Formativos de Grado Superior o Enseñanzas Artísticas Superiores.

   Se suspenderán los servicios prestados a los residentes, durante los periodos de vacaciones académicas en Navidad y Semana Santa. Excepcionalmente, cuando así lo determine la Dirección General competente en materia universitaria, y únicamente para alumnos que no residan en España, se mantendrá durante estos periodos el servicio de alojamiento, no teniendo en este caso los residentes, derecho a cualquier otro tipo de contraprestación por parte de la Consejería.

   La aceptación por el interesado de una plaza de residencia conlleva la obligación de abonar los precios totales para el curso académico. Se abonarán desde la fecha de adjudicación de la plaza por el Director General competente en materia universitaria.

IMPORTE

   En las residencias con servicios de alojamiento y manutención, en habitación individual, el importe total por curso es de 4.050 euros. Esta cantidad se abonará mediante nueve pagos de 450,00 euros cada uno, en los primeros siete días de cada periodo mensual, en los meses de septiembre a mayo.

   En las residencias con servicio de alojamiento y manutención, en habitación compartida, el importe total por curso académico es de 3.690,00 euros (IVA incluido). Esta cantidad se abonará mediante nueve pagos de 410,00 euros cada uno, en los primeros siete días de cada periodo mensual, en los meses de septiembre a mayo.

   En las residencias-viviendas, el precio total por curso académico, en habitación compartida es de 1.620,00 euros. Esta cantidad se abonará mediante nueve pagos de 180,00 euros cada uno, en los primeros siete días de cada periodo mensual, en los meses de septiembre a mayo.

   En caso de habitación individual el importe total por curso es de 1.800,00 euros (IVA incluido), esta cantidad se abonará mediante nueve pagos de 200,00 euros cada uno, en los primeros siete días de cada periodo mensual, en los meses de septiembre a mayo.

   Los residentes de las residencias-viviendas se harán cargo de los gastos originados por el consumo de energía eléctrica, así como de la limpieza y mantenimiento interiores, entendiéndose incluidos en el precio público establecido los gastos por consumo de agua fría y caliente y calefacción.

   La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.