TS obliga a SESCAM a volver a incluir a 2 aspirantes a celador en la fase que no superaron para el puesto

Sanidad, SESCAM,
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 14 febrero 2014 18:24

TOLEDO, 14 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha obligado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) a incluir a dos aspirantes a celadoras en la fase de un concurso de oposición para este puesto de la que fueron excluidas.

Según una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, y que ha adelantado El Crisol de Ciudad Real, el Supremo ordena a la Administración a que permita a estas dos mujeres volver pasar la fase de concurso de oposición, para que valore en ellas los méritos que aporten.

El Alto Tribunal indica que, una vez estimada la valoración, la Administración debe dictar una resolución en la que computando las puntaciones obtenidas en esta fase de oposición, decida si les corresponde o no figurar en la relación final de puestos aprobados.

De este modo, el TS estima el recurso de casación que interpusieron estas dos aspirantes ante éste órgano, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) desestimara el recurso contencioso administrativo presentado por ambas contra la resolución del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, por el que se convocaba un proceso selectivo para el ingreso por sistema de acceso libre y por sistema de promoción interna, en la categoría de celador.

Además de estimar este recurso de casación, el Tribunal Supremo anula este fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

LOS HECHOS

Ambas aspirantes participaron, a través del sistema de turno libre, en este proceso selectivo para el ingreso en la categoría de celador en el SESCAM, en un concurso convocado por resolución del 5 de octubre de 2009.

Las aspirantes, no conformes con el criterio de puntuación en este proceso, presentaron un recurso ante el TSJCM, que fue desestimado por considerar que esta actuación administrativa no vulneraba los derechos fundamentales cuya tutela jurisdiccional era reclamada.

Ante esta sentencia del TSJCM, las dos aspirantes presentaron un recurso de casación ante el Supremo en el que solicitaban que se declarara nulo este procedimiento selectivo y que se condenará al SESCAM a reponer el proceso selectivo, para que los aspirantes a las plazas de acceso libre superaran la fase de oposición y para que se reconsiderase la superación del mismo.

En su argumentación, las recurrentes explicaban que había "desigualdad de trato discriminatoria entre los aspirantes de promoción interna y los de turno libre", ya que a "los de promoción interna les bastaba con obtener la puntuación mínima obtenida para superar la prueba en fase de oposición, mientras que los de turno libre en el caso de que superen esa prueba, la puntuación mínima era insuficiente para poder pasar a la fase de concurso".

El Tribunal Supremo ha admitido este recurso de ambas al no ofrecer la Administración una justificación "convincente" sobre el diferente régimen que la convocatoria establece para el acceso de aspirantes a turno libre a la fase de concurso.

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