El Ayuntamiento de Salamanca aprobará por unanimidad la nueva ordenanza contra el vandalismo

Actualizado: martes, 22 julio 2008 16:36

SALAMANCA, 22 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Salamanca impulsará con el apoyo de ambos grupos municipales, Partido Popular y Partido Socialista, la ordenanza contra el vandalismo para "mantener el espíritu abierto y acogedor de la ciudad y salvaguardar sus elementos para el aprovechamiento por parte de todos".

Así lo anunció hoy el concejal de Protección y Seguridad Ciudadana, Francisco Albarrán, quien añadió que esta 'Ordenanza municipal sobre protección de la convivencia ciudadana y prevención de actuaciones antisociales' persigue, además, reparar los daños causados y proteger los bienes públicos y privados frente a las agresiones.

La nueva ordenanza, que hoy se dictaminó en la Comisión de Policía y que deberá aprobarse en el próximo pleno municipal ordinario, fijado para el jueves 31 de julio, parte de la base de que "las ciudades son lugares de encuentro, convivencia, ocio, trabajo, cultura e interrelaciones humanas, y que, por lo tanto, los espacios comunes deben ser respetados y conservados por todos", según el documento del Ayuntamiento de Salamanca que entregó en el encuentro de los medios con el edil.

Además, Francisco Albarrán explicó que su objetivo es paliar "actitudes irresponsables e incívicas" que suponen unos gastos de reparación cada vez más importantes, sufragados por todos los ciudadanos al restar recursos municipales para otras finalidades.

UNA ORDENANZA FRUTO DEL "DIÁLOGO"

Francisco Albarrán incidió que durante los últimos dos meses el equipo de Gobierno municipal ha sometido el texto de la ordenanza al "continuo diálogo" con los concejales del Partido Socialista en el Ayuntamiento, admitiendo sus sugerencias, y corrigiendo otros detalles.

Entre los apartados tratados por las formaciones políticas se encuentra la gestión de residuos sólidos y limpieza viaria, la colocación de pancartas sin autorización municipal, esparcir o tirar toda clase de folletos, octavillas, propaganda o publicidad en la vía pública, y la prohibición de cualquier manipulación de las papeleras o contenedores, según detalló .

TIPOLOGÍA DE LAS INFRACCIONES

Al igual que ya se había anunciado, las infracciones se tipificarán como leves, graves y muy graves pudiendo ser sancionadas con multas de hasta tres mil euros.

Tras los cambios iniciales de la ordenanza, ahora, entre otras situaciones, se considerarán infracciones leves en lugar de graves o muy graves circular con bicicletas, monociclos, patines, monopatines u otros elementos similares por las aceras; al igual que por las calles y zonas peatonales tanto cuando suponga grave riesgo para los viandantes como cuando se circule en sentido contrario al asignado a dicha calle en el supuesto de que esté señalizado.

Asimismo, serán también infracciones leves subirse a los árboles o arbustos de cualquier tipo; hacer las necesidades fisiológicas en las vías públicas, permitir que los animales depositen sus defecaciones en las aceras, calles, paseos, parques y jardines; no recoger los excrementos sólidos que los animales depositen en espacios comunes; utilizar los bienes públicos y el mobiliario urbano para fines distintos de los que estén destinados; no respetar la señalización y los horarios en los parques y jardines; y no atender las indicaciones expuestas en tales recintos.

Según la nueva ordenanza, podrán ser consideradas infracciones graves: romper o deteriorar los árboles, realizar cualquier manipulación de las fuentes y estanques, acampar en las vías públicas sin autorización municipal, realizar cualquier forma de rotura, vertido o manipulación que ensucie, degrade o menoscabe cualquiera de los bienes comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ordenanza y realizar cualquier pintada, escrito o inscripción en cualesquiera bienes, públicos o privados, comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ordenanza, incluidas las calzadas, aceras, muros y fachadas, árboles, vallas, farolas y señales, instalaciones en general y vehículos municipales.

Por último, las infracciones muy graves serán, por ejemplo, talar o arrancar los árboles, plantas y alcorques situados en la vía pública o en parques y jardines, impedir o dificultar de forma deliberada el normal tránsito de personas y vehículos por las aceras, paseos y calzadas, obstaculizar el normal funcionamiento de los servicios públicos, realizar cualquiera de los actos previstos en esta ordenanza que pongan en peligro grave la integridad de las personas, la reincidencia en la comisión de cualquier infracción grave durante el plazo de dos años y cualquier actuación en forma de arranque o incendio.

Las infracciones leves podrán ser sancionadas hasta con una multa de setecientos cincuenta euros y clausura del establecimiento, actividad o instalación durante un periodo máximo de un mes. Las graves con multas de hasta mil quinientos euros y clausura durante un máximo de tres meses y, por último, las infracciones muy graves con multas de hasta tres mil euros y clausura del establecimiento, actividad o instalación durante un máximo de seis meses.

La imposición de cualquier sanción será compatible con la exigencia a los infractores o a sus representantes legales de reponer la situación alterada a su estado originario, cuando resulte posible, y la obligación de indemnizar los daños causados, puntualizó el edil.