La Junta de Gobierno de la Comuidad de Regantes.
EUROPA PRESS
Publicado: jueves, 25 enero 2018 18:08

Entiende que embargaron y subastaron un monte público a sabiendas de que actuaban en contra de la ley

VALLADOLID, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Valladolid ha dejado hoy visto para sentencia el juicio por presunta prevaricación contra los doce integrantes de la Comunidad de Regantes de Riaza, para quienes el fiscal ha mantenido su petición de doce años de inhabilitación para empleo o cargo público al entender que cuando en 2015 embargaron y subastaron un monte público, propiedad del Ayuntamiento de Nava de Roa (Burgos), lo hicieron a sabiendas de la ilicitud de su decisión.

La acusación pública, al término de la segunda y última jornada de la vista oral, ha optado por mantener los cargos tras oir el testimonio aportado por el jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, Javier María García López, quien ha confirmado la existencia de sendos requerimientos remitidos a los síndicos advirtiéndoles de la ilegalidad del embargo y posterior subasta, al tratarse la finca en cuestión de un monte de carácter público, inalienable e inembargable, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Por contra, otros testigos, técnicos de la Confederación Hidrográfica del Duero y de Seiasa, empresa que ejecutó en la zona unas obras de mejora del regadío con financiación europea, han coincidido al señalar que la parcela se halla en una zona de riego y han incluso apuntado que nunca habían visto antes un monte regable.

Su declaración y la del recaudador ejecutivo de la Comunidad de Regantes de Riaza han sido esgrimidas por las defensas para solicitar de la sala un fallo absolutorio, sobre todo después de que el segundo explicara que asesoró en todo momento a los síndicos y les animara a ejecutar el embargo y posterior subasta de la parcela tras efectuar las comprobaciones necesarias, entre ellas la consulta al Catastro.

Así, el recaudador ha asegurado que creyó que la razón estaba de su parte y no de la Junta y por eso siguieron adelante con una operación que creyeron absolutamente legal y como única forma de cobrar al Ayuntamiento de Nava los 90.000 euros contraídos durante un lustro por no afrontar durante ese periodo los gastos de riego de la finca.

SIN ELEMENTOS DEL TIPO PENAL

En su alegato final, las dos defensas, una de ellas en representación de uno de los encausados y el otro de los once restantes, han coincidido al fundamentar su solicitud de absolución en que en la conducta de sus patrocinados no se dan los elementos del tipo penal, en concreto la "arbitrariedad", ya que la decisión adoptada estuvo respaldada por datos objetivos y en la creencia de obrar conforme a la ley, ni tampoco el "elemento subjetivo", por cuanto los síndicos procesados actuaron bajo el asesoramiento del recaudador ejecutivo.

Y ello, sin perjuicio de lo que se dirima en vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, donde la Junta se encuentra personada a fin de recuperar la posesión de la finca subastada.

Los propios integrantes de la Comunidad de Regantes de Riaza, en la primera sesión del juicio, expusieron que en ningún momento creyeron que sus acuerdos contravenían la ley y aseguraron que su único propósito era el de cobrarse la deuda del Ayuntamiento de Nava, en cumplimiento de la Ley de Aguas y tras realizar las consultas pertinentes, sin olvidar que desde hace un siglo la finca, ocupada por regadío y viñedos, ha sido considerada como superficie regable.

"¡Desde que tengo uso de razón todo el mundo la hemos conocido como una parcela de riego!", defendió el primer día del juicio uno de los síndicos, de avanzada edad, quien declaró desde una silla de ruedas.

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