El BOCyL publica las normas urbanísticas transitorias vigentes en Zamora hasta la próxima aprobación del PGOU

Actualizado: miércoles, 14 octubre 2009 13:08

ZAMORA, 14 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) publica hoy la Orden de la Consejería de Fomento por la que se suspende la vigencia del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1986 y se aprueban las Normas Urbanísticas Transitorias (NUT) que regirán en el término municipal de Zamora hasta la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbana.

Según informaron a Europa Press fuentes del Consistorio, en la Orden de la Consejería de Fomento se establece un plazo de siete meses para que el Ayuntamiento de Zamora remita a esa Consejería para su aprobación definitiva, la revisión del PGOU.

Las Normas Urbanísticas Transitorias, publicadas en el BOCyL de hoy como anexo a la mencionada Orden, tienen carácter "transitorio y excepcional" y son concebidas, según se hace constar en al memoria expositiva, "como un instrumento breve en cuanto a sus contenidos, que se limitan a señalar las determinaciones esenciales e indispensables para garantizar una mínima ordenación urbanística en el término municipal".

Su elaboración se justifica en el "riesgo" que supondría la aplicación del planeamiento general del 86, "un planeamiento de hace 23 años, totalmente inadecuado al marco legal actual" cuya aplicación, además, representaría "un serio obstáculo" para el cumplimiento de algunos de los principios generales señalados en la actual legislación urbanística" como el fomento de un desarrollo territorial y urbano sostenible, "comprometido con los valores de progreso económico, cohesión social, preservación del patrimonio natural y cultural, y respeto a las peculiaridades locales, integrando las políticas de ámbito municipal".

Las normas urbanísticas transitorias se configuran así, según el Ayuntamiento, como un instrumento urbanístico "amplio" --el documento tiene cerca de 200 páginas-- que recoge todos los aspectos técnicos y jurídicos que garantizan el normal desarrollo urbanístico de la ciudad durante el periodo transitorio de su vigencia.