Condenan al Sacyl a pagar 147.500 euros por la muerte de un paciente sin vigilancia postoperatoria continuada

Actualizado: lunes, 15 noviembre 2010 11:43

VALLADOLID, 15 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Sacyl ha sido condenado a abonar un total de 147.000 euros por la muerte de un paciente que, tras ser intervenido en el Hospital Río Hortega de Valladolid de insuficiencia respiratoria nasal, no tuvo una vigilancia postoperatoria continuada.

Según ha informado El Defensor del Paciente en un comunicado recogido por Europa Press, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valladolid ha estimado parcialmente el recurso presentado por los Servicios Jurídicos de esta asociación y ha condenado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León a que abone a la viuda J.M.M.V. la cantidad de 90.000 euros y 11.500 a cada uno de sus cinco hijos, más los intereses legales desde la fecha de la reclamación administrativa.

Los hechos se remontan al 3 de marzo de 2003 cuando J.M.M.V. fue ingresado en el Servicio de O.R.L. del Hospital Universitario Rio-Hortega de Valladolid para ser intervenido de una 'poliposis naso sinusal' que, según las mismas fuentes, le ocasionaba un cuadro muy acentuado de insuficiencia respiratoria nasal. Al día siguiente le fue realizada una intervención quirúrgica bajo anestesia general consistente en polipectomía nasal.

Durante la misma, al despertar y ya extubado se produjo una subida brusca de la tensión arterial con sangrado posterior (hemorragia intraoperatoria), "lo que obligó a reintubarle y colocarle un taponamiento nasal posterior con gasa simple, en lugar de uno más completo, sin ser seguido de una vigilancia postoperatoria continuada y constante para así prevenir y evitar complicaciones, sufriendo una hemorragia masiva procedente de la zona intervenida, que derivó fatalmente hacia la vía respiratoria, ahogando y asfixiando al paciente y obstruyendo la misma, con resultado de encefalopatía, quedando en estado vegetativo crónico por muerte cerebral y daño irreversible".

Según el Defensor del Paciente, el documento de Consentimiento informado que firmó el paciente "no colma, siquiera mínimamente", los requisitos acerca de una información adecuada, "en especial, relativa a los riesgos o complicaciones inherentes a la intervención, siendo un documento genérico".

La asociación ha asegurado que pese a ser clasificado como "paciente con riesgo moderadamente elevado" para la anestesia por presentar a su ingreso factores de tensión arterial elevada, infartos cerebrales múltiples, déficit neurológico isquémico y anormal coagulación, se informó de que la intervención no entrañaba riesgos y que mejoraría su calidad de vida.

"Por lo tanto, se tenía que haber realizado, dentro del protocolo prequirúrgico, tratamiento con el fin de normalizarlos y evitar así riesgos", han considerado las mismas fuentes.

J.M.M.V. falleció el 16 de septiembre de 2004 por parada cardiorrespiratoria a la edad de 66 años. Por su parte, la defensa del caso ha sido tramitada por el letrado Antonio Navarro Rubio, especialista en derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente.

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