Familia espera que en verano se apruebe el proyecto de Ley del Tercer Sector Social

La consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Isabel Blanco (cuarta por la derecha), junto al equipo de la Consejería de Familia.
La consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Isabel Blanco (cuarta por la derecha), junto al equipo de la Consejería de Familia. - EUROPA PRESS
Publicado: viernes, 14 febrero 2020 12:16

VALLADOLID, 14 Feb. (EUROPA PRESS) -

La consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León, Isabel Blanco, ha apuntado que prevé que el proyecto de Ley del Tercer Sector Social se apruebe en consejo de Gobierno en los meses de verano, después de que el anteproyecto esté desde este viernes disponible en la plataforma de Gobierno Abierto.

Así lo ha explicado Blanco este viernes en una rueda de prensa en la que ha explicado el contenido del anteproyecto, que busca establecer un marco jurídico común para las 3.300 entidades que se estima que forman parte de dicho sector en la Comunidad.

El texto se ha publicado este viernes en la plataforma de Gobierno Abierto de la Junta (https://gobiernoabierto.jcyl.es/) con lo que se abre un plazo de 20 días de exposición pública para presentar alegaciones para posteriormente incorporar las que se estimen.

Con ello, Isabel Blanco prevé la aprobación del proyecto por parte del Consejo de Gobierno de la Junta el próximo verano y a partir de ahí comenzará la tramitación en las Cortes. Mientras tanto, la consejera ha recordado que está en marcha la elaboración del Decreto de concertación social para establecer los distintos mecanismos, que se aprobará posiblemente antes de verano.

El Anteproyecto, una ley que la consejera ha definido como "importante, necesaria para el reconocimiento" de estas entidades del tercer sector busca establecer un marco jurídico para las en torno a 3.300 que se estima que trabajan en la comunidad y que ofrecen más de 5.000 servicios en diferentes áreas relacionadas con las personas mayores (el 55 por ciento de ellas), la discapacidad (10 por ciento), la inclusión social (4,5 por ciento) y la protección a la infancia (4,2 por ciento).

La ley se estructura en cinco capítulos, 19 artículos, dos disposiciones adicionales y tres disposiciones finales. En el texto se definen jurídicamente las características, principios y obligaciones de las entidades, de las que, según la consejera, ninguna quedará fuera e incluso puede darse el caso de que haya asociaciones que no se consideraban del tercer sector y ahora queden incluidas.

Además, establece fórmulas de participación concertada con el "valor añadido" de trabajar en red en Castilla y León y actualiza la normativa del voluntariado como parte integrante del tercer sector. Asimismo, refuerza los canales de interlocución y participación con las distintas administraciones públicas y con otros agentes del ámbito de la intervención social, a la vez que aporta la cobertura jurídica que las entidades llevan años demandando. Finalmente contempla la creación de un censo de organizaciones lo que permitirá conocer la realidad del Tercer Sector en la Comunidad.

CONTENIDO DE LA LEY

En su Capítulo I, la Ley define lo que son las entidades del Tercer Sector Social y establece además la creación de un Censo de Organizaciones que lo forman, mientras que el Capítulo II establece la finalidad de la intervención del Tercer sector, que se concreta en promover la inclusión social, el reconocimiento de los derechos de toda la población y su ejercicio efectivos por las personas, colectivos o grupos que estén en situaciones de vulnerabilidad, exclusión o en peligro de estarlo, con el fin de trasformar la sociedad y convertirla en más justa, solidaria, igualitaria, participativa y democrática.

Dentro de este capítulo se establecen los criterios que se deben aplicar en la ejecución de las intervenciones que realicen las entidades del tercer sector con una especial mención al trabajo en la Red de Protección, la coordinación con los sistemas de servicios sociales de responsabilidad pública y el papel esencial en el trabajo en red del profesional de referencia ubicado en un técnico de los equipos de acción social básica del CEAS correspondiente.

El Capítulo III aborda la participación del Tercer Sector y la interlocución social, regulando el derecho de participación de las entidades en las políticas públicas de las Administraciones de Castilla y León y estableciendo los distintos órganos colegiados estableciéndose como órgano específico de colaboración del tercer sector la sección de colaboración con el Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León.

El Capítulo IV se dedica a la promoción del Tercer Sector Social en Castilla y León y lo hace planteando la elaboración de un 'Plan Estratégico para el impulso y promoción del Tercer Sector', con una vigencia de cuatro años, a lo largo de los cuales se llevarán a cabo una serie de actuaciones de promoción dirigidas, entre otros objetivos, al favorecimiento del mecenazgo y el patrocinio.

El Capítulo V hace referencia a las obligaciones del Tercer Sector en lo que respecta al personal laboral y sus condiciones de trabajo, finalizando el capítulo con otras obligaciones específicas de las entidades del tercer sector que responden a la aplicación de principios generales para asegurar la evaluación de la propia actividad, el control, la transparencia, la gestión conforme a modelos democráticos o la igualdad.

Finalmente este anteproyecto modifica la Ley del Voluntariado en su disposición final primera, ya que promueve y facilita la participación solidaria de la ciudadanía en actuaciones de voluntariado, realizadas a través de las distintas entidades y adapta la norma vigente desde hace 13 años a las nuevas formas de voluntariado que han surgido y a la realidad social de Castilla y León.

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