El Ministerio del Interior explica a los empresarios de CyL las obligaciones de la ley de precursores de explosivos

Jornada formativa en la sede de Cecale 16-10-2018
CECALE
Actualizado: martes, 16 octubre 2018 12:18

VALLADOLID, 16 Oct. (EUROPA PRESS) -

La sede de Cecale ha acgido este lunes una jornada informativa con motivo del anuncio del Ministerio del Interior de la puesta en marcha de un plan de control sobre precursores de explosivos y que ha sido organizada por el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado, y la Federación Empresarial de la Industria Química Española (Feique).

El objetivo de este encuentro ha sido dar a conocer a las empresas las obligaciones de la Ley de precursores explosivos, y que contiene las previsiones necesarias para la correcta aplicación del Reglamento en España.

Se consideran precursores de explosivos sustancias ampliamente
utilizadas en la industria e incluso por los consumidores, como en el
caso del peróxido de hidrógeno (agua oxigenada), la acetona o el
ácido sulfúrico, entre otros.

Representantes del Ministerio del Interior han explicado a los
empresarios la importancia de que, a lo largo de la cadena de
suministro, conozcan sus obligaciones en relación a estos productos
para evitar que sean utilizados en la fabricación ilícita de explosivos.

En este sentido, han señalado que las infracciones muy graves
contemplan sanciones de hasta 60.000 euros con una posible
suspensión temporal de la actividad para los operadores económicos,
y hasta 30.000 euros, con posible revocación de la licencia y
prohibición temporal de volver a solicitarla en el caso de los
consumidores.

Las obligaciones de las empresas en España respecto a la
comercialización de las sustancias precursoras de explosivos lo largo
de toda la cadena de suministro supone que los fabricantes y
distribuidores de sustancias químicas catalogadas deben crear un
registro de transacciones que incluya la firma del cliente y reportar
aquellas que resulten sospechosas a las autoridades, así como
cualquier robo o sustracción.

Igualmente, cualquier distribuidor (grandes superficies, droguerías, tiendas de pinturas, cooperativas agrícolas, etc.) que ponga estos productos a disposición de los particulares, les debe solicitar la preceptiva licencia y hacer constar en las etiquetas que se trata de productos restringidos.

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