Sanidad señala que las UGC se pueden constituir porque tres sentencias del TSJCyL las avalan

Publicado: martes, 27 febrero 2018 13:06

   VALLADOLID, 27 Feb. (EUROPA PRESS) -

   La Consejería de Sanidad ha aclarado que las unidades de gestión clínica (UGC) se pueden constituir porque el Decreto 57/2014, de 4 de diciembre, por el que se regula su constitución y funcionamiento ha sido avalado en tres ocasiones por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

   El departamento que dirige Antonio María Sáez Aguado se ha expresado así tras conocerse una sentencia del TSJCyL que anula las 15 unidades creadas mediante la Orden SAN/822/2016, un fallo que no es firme, que aún no se ha comunicado a la Junta y cuyo recurso estudiarán cuando llegue la sentencia.

   La Junta considera que el aval dado en tres ocasiones al Decreto mediante el que se regulaban la constitución y funcionamiento de las unidades supone que en la Gerencia Regional de Salud "se pueden constituir en UGC los equipos, servicios, secciones y unidades asistenciales de los centros o instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud" de tal manera que los mismos "no desaparecen", sino que pasan a organizarse y a realizar su actividad bajo la fórmula de la autogestión.

   Así, ha señalado en un comunicado recogido por Europa Press la Consejería, se permite a los profesionales "acceder a la fórmula de la autogestión con pleno respeto a la relación jurídico administrativa con la Gerencia Regional de Salud, a sus puestos de trabajo y a sus funciones", tal y como ha recordado que ha confirmado el TSJCyL, que ahora se ha pronunciado sobre la orden por la que se crean las unidades y se determina la composición de sus comités clínicos.

   Sanidad ha aclarado que la sentencia aún no ha sido comunicada oficialmente, no es firme y los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León la estudiarán para valorar la oportunidad o no de recurrirla.