Libertad vigilada para el vecino de Velilla que apuñaló al "alguacil"

Trib.- La Audiencia de Valladolid mantiene inamovible el auto sobre 'La Perla' que imputa a doce personas
Trib.- La Audiencia de Valladolid mantiene inamovible el auto sobre 'La Perla' que imputa a doce personas - EUROPA PRESS. - Archivo

Actualizado: miércoles, 9 octubre 2019 18:53

La Audiencia de Valladolid estima así, parcialmente, el recurso de apelación de la defensa

VALLADOLID, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

El internamiento forzoso en un centro psiquiátrico penitenciario por espacio de tres años acordado el pasado mes de junio para Tomás V.B, el vecino de Velilla que apuñaló al "alguacil" de la localidad en noviembre de 2018, ha sido sustituido finalmente por libertad vigilada por un máximo de dos años, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En su sentencia, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial estima así parcialmente la apelación del defensor del encausado--solicitaba su absolución por falta de pruebas--en lo relativo únicamente a dejar sin efecto el internamiento forzoso de su patrocinado durante tres años acordado por el titular del Juzgado de lo Penal 4, que absolvió a Tomás V.B. de toda responsabilidad criminal al aplicarle la eximente completa de alteración psíquica pero, sin embargo, optó por aplicarle dicha medida de seguridad.

Ahora, la Audiencia Provincial opta por la medida de libertad vigilada solicitada por la defensa tras entender que es "la más adecuada", teniendo en cuenta que el autor de las lesiones fue internado tras el juicio en la Unidad de Psiquiatría del Río Hortega donde ha sido tratado de su afección y donde recibió el alta clínica el pasado mes de julio para acto seguido volver a Villalón.

En dicho municipio está al cuidado de su madre y sigue un tratamiento farmacológico pautado que está cumpliendo a rajatabla, al tiempo que acude periódicamente a las consultas programadas y se ha observado en su caso una "objetiva estabilización en su trastorno psíquico".

"Conforme al artículo 95.1.2a del Código Penal, dada la forma de cometerse estos hechos delictivos, es preciso evitar que por el acusado se pueda incurrir en posibles hechos delictivos de similares características, pero no se comparte que en este caso lo procedente sea la adopción de una medida de seguridad privativa de libertad, concretamente el internamiento en un centro psiquiátrico", insiste la Audiencia Provincial, que acuerda libertad vigilada por un límite máximo de dos años, quedando sometido al cumplimiento de la obligación de seguir el tratamiento médico externo que ya tiene pautado, que será
controlado por la autoridad judicial.

El internamiento forzoso ahora revocado había sido solicitado por la Fiscalía vallisoletana para Tomás V.B, quien el 12 de noviembre de 2018 agarró por el cuello a un empleado del servicio municipal de limpieza al que clavó un punzón en un costado tras advertirle de que se abstuviera de subirse a sus tractores o de penetrar en sus naves.

Se mantiene, sin embargo, la responsabilidad civil que el juez de primera instancia impuso a Tomás V.B. para que indemnizara a su víctima, Jesús María G.R, en la cantidad de 2.885 euros por las lesiones y secuelas y con otros 1.864 a Fremap por los gastos de su asistencia.

La víctima, de 55 años y peón caminero, aunque sus vecinos le atribuyan la condición de "alguacil", recordó en el juicio que tras unas primeras palabras en las que el vecino, en tono amenazante, le aconsejó que no se subiera a sus tractores ni entrara en sus naves, algo que niega haber hecho jamás, se le acercó por detrás, le cogió por el cuello y le clavó un punzón que, como así precisa, tuvo tiempo de ver que llevaba oculto entre la mano derecha y la manga.

El apuñalado, con una herida en el costado izquierdo y sangrando, tiró del carretillo y los aperos de limpieza que llevaba y recorrió un trayecto de casi medio kilómetro hasta llamar a la puerta de la nuera del alcalde, a la que pidió auxilio.

El lesionado precisó que quince días antes había tenido un incidente con su agresor, quien, también "en actitud agresiva", le había exigido que le diera el chaleco que llevaba porque "estaba convencido de que era suyo". Ante la negativa del empleado de limpieza, Tomás V.B. lanzó ya una advertencia: "¡Me la vas a pagar!", algo que el testigo aseguró que se cobró el acusado cuando al poco tiempo le pinchó las ruedas del coche.

La nuera del alcalde, Cristina P.C, que fue la primera persona a la que acudió el herido, relató que oyó sonar el timbre y al salir se encontró con Jesús María G.R, quien le contó que Tomás le había apuñalado. "'Me han herido, me han herido!", son las palabras que Cristina puso en boca de la víctima, a la que tanto su marido como el padre de éste, alcalde de Velilla, se encargaron de evacuar en un coche hasta el ambulatorio de Tordesillas.

CONOCIDO EN EL PUEBLO POR OTROS INCIDENTES

Varios guardias civiles que participaron en la detención del presunto autor indicaron que le hallaron comiendo tranquilamente en casa de su madre, en Velilla.

Los agentes ya le conocían por otros altercados anteriores, como cuando rompió un brazo a su hermano de un palazo o colocó a éste en la sien un arma de fogueo, así como por las numerosas llamadas telefónicas efectuadas al cuartel contando "cosas incoherentes".

El letrado, durante el juicio, puso el énfasis en el hecho de que la enfermedad crónica que sufre su cliente no le había sido diagnosticada en toda su vida y por lo tanto no seguía tratamiento alguno hasta el día del incidente, y ello a pesar de que su familia había advertido, sin éxito, de la situación en numerosas ocasiones.