BARCELONA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Conselleria de Justicia de la Generalitat faculta a las asociaciones y fundaciones para que puedan reunirse y adoptar acuerdos por videoconferencia u otros medios telemáticos durante el estado de alarma por el coronavirus, aunque no esté previsto en sus estatutos.
En un comunicado, el departamento ha explicado este lunes que, debido a la emergencia sanitaria, las entidades podrán aplazar la presentación obligatoria de las cuentas anuales y otros documentos, ya que los plazos legales empezarán a contar a partir de la fecha de finalización del confinamiento.
El decreto ley del Govern también suspende temporalmente los plazos para la elaboración y aprobación de las cuentas anuales, y para la reunión de los órganos colegiados, y si las reuniones se habían convocado antes de la declaración del estado de alarma, se podrán aplazar o modificar.
También se podrán adoptar acuerdos, incluso sin necesidad de reunión, para que las entidades puedan continuar trabajando cuando sea necesario.
JUNTAS DE PROPIETARIOS
El nuevo decreto ley aplica un régimen similar para las juntas de propietarios de las comunidades en régimen de propiedad horizontal respecto a la suspensión de plazos, celebración de reuniones y adopción de acuerdos.
Estas medidas están incluidas en un nuevo decreto ley aprobado por el Govern de la Generalitat el 27 de marzo que "da soluciones para la gestión de estas entidades durante el confinamiento".