CatSalut deberá indemnizar con 141.500 euros a una mujer que perdió el útero tras una cesárea

Publicado: miércoles, 10 octubre 2018 18:54

Un juez considera que se produjo "un final claramente desproporcionado"

BARCELONA, 10 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Servei Català de la Salut (CatSalut) ha sido condenado a indemnizar con 141.573,56 euros a una mujer que perdió el útero por una sepsis tras una cesárea, una sentencia que es firme según ha informado el Defensor del Paciente en un comunicado.

La Audiencia de Barcelona ha desestimado los recursos de apelación presentados por la institución pública contra la sentencia de un juez de Barcelona que falló esta cuantía, según las sentencias, recogidas por Europa Press.

La mujer, que tenía entonces 27 años, ingresó en agosto de 2012 en el Hospital Sant Joan de Déu de Esplugues de Llobregat (Barcelona) para una inducción del parto y se le practicó una cesárea, durante la cual hubo una hemorragia que se solventó con puntos hemostáticos.

En los días posteriores sintió un "fuerte dolor abdominal, taquicardia y leucocitosis", pero hasta cuatro días después no se le practicó un TAC abdominal que evidenció la existencia de una infección y no fue hasta varias horas después que se derivó a la paciente al Sant Joan de Déu de Sant Boi de Llobregat (Batcelona) por sospecha de sepsis, según la sentencia de la Audiencia.

La demandante, representada en este litigio por la abogada Matilde Barrabés, ingresó en este centro en estado de shock séptico y fue intervenida inmediatamente, y precisó otra operación una semana después en la que se le practicó la extirpación total del útero --una histerectomía radical--, mientras que en noviembre tuvo que volver a ser intervenida.

"NO SE ACTUÓ CON LA DILIGENCIA NECESARIA"

Según la sentencia de primera instancia, "se produjo en este caso un final claramente desproporcionado (extirpación del útero y esterilidad de la actora), lo que no puede ser considerado como una consecuencia habitual y frecuente de una cesárea".

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia 54 de la capital catalana estimó parcialmente la demanda de la afectada, que pedía una suma superior teniendo en cuenta el periodo de curación (27.777 euros), secuelas funcionales (186.248), secuelas estéticas (19.890) y factor de corrección (23.390).

Este juez sostuvo en la sentencia, de junio de 2017: "No se actuó con la diligencia necesaria, exigible y debida para evitar el daño" porque si se hubiera actuado de forma urgente y rápida la noche en que la noche anterior de la derivación --con antibiótico, TAC, drenaje de los abscesos y limpieza de la cavidad abdominal-- se habría podido salvar el útero.

Consideró acreditada la "falta de buena praxis" por parte de los sucesivos facultativos responsables del postoperatorio que no hicieron un adecuado control y valoración de la clínica de la paciente.