Condenan a la Conselleria de Educación a pagar 1.000 euros a los padres de un niño que fue agredido durante el patio

Actualizado: jueves, 30 octubre 2008 19:37

BARCELONA, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 11 de Barcelona ha condenado a la Conselleria de Educación de la Generalitat a indemnizar con 1.002,20 euros a los padres de un niño de primero de Primaria que fue lesionado en la escuela pública Bertí de l'Ametlla del Vallès (Barcelona) por otros compañeros.

Según la sentencia, dictada tras una demanda de la familia a la Generalitat --como titular de la escuela--, la juez consideró "responsabilidad patrimonial" de la Administración que el estudiante fuera agredido en 2005 por un grupo de compañeros mientras había cinco monitores de vigilancia en el patio de la escuela, quienes no se percataron de los acontecimientos.

La magistrada, Clara Carulla, consideró que la Generalitat incurrió en una "falta de vigilancia por parte de los cinco monitores que supuestamente se hallaban haciendo turnos de control y vigilancia durante el patio de mañana".

Carulla concretó que la tarea de los vigilantes no es solamente "velar por la integridad física de los alumnos", sino también "potenciar las relaciones en el marco de un ambiente distendido", ya que la Generalitat alegó que los niños estaban jugando "a luchas" y añadió que el menor fue agredido "en el marco de un juego de niños".

Según la juez, la Generalitat "se limita a negar la relación causal" entre las lesiones del niño y los hechos sucedidos en el patio. Por su parte, la dirección del centro respondió a los padres que "un niño se había caído encima de su hijo y le había causado daños".

"Si el alumno de seis años resultó lesionado hasta el extremo de romperse tres dedos de la mano, es lógico pensar que lloró o bien se quejó o hizo muestras de dolor que deberían haber llamado la atención de alguno de los cinco monitores", señaló la juez.

"Existe un evidente nexo causal entre el daño sufrido por el menor y el funcionamiento de los servicios públicos", concluye la sentencia.

Según el informe médico, el niño sufrió una fractura de epifiolisis G II, falanges del segundo, tercero y cuarto dedos de la mano derecha, un hematoma en el ojo izquierdo y una contusión en el codo izquierdo, padeciendo como consecuencia un estado de miedo y ansiedad.

Ante la negativa de la Generalitat de indeminzar a la familia, los padres del alumno presentaron un recurso que fue estimado parcialmente por la juez; ya que pedía una compensación de 1.846,20 euros en concepto de varias facturas médicas --psiquiatra, farmacia y asistencia médica--.

La sentencia dictada no admite ninguna interposición de recurso ordinario por lo que la Generalitat deberá indemnizar a la familia, de hecho, en declaraciones a Europa Press, aseguró que "es una sentencia y hay que respetarla".