La defensa de Torra pide anular el juicio por los lazos porque no será "imparcial"

El president de la Generalitat, Quim Torra, en el banquillo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, donde ha sido citado para declarar por no retirar símbolos independentistas del balcón del Palau de la Generalitat, en Barcelona /Catalunya (España)
El president de la Generalitat, Quim Torra, en el banquillo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, donde ha sido citado para declarar por no retirar símbolos independentistas del balcón del Palau de la Generalitat, en Barcelona /Catalunya (España) - ANC
Actualizado: lunes, 18 noviembre 2019 11:01


Alega vulneración del derecho a juez imparcial y a la presunción de inocencia

BARCELONA, 18 (EUROPA PRESS)

La abogada del presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha pedido este lunes anular el juicio contra él por presunta desobediencia, al considerar que se está vulnerando el derecho a juez imparcial y alegando también vulneración de la presunción de inocencia: "Tienen una oportunidad histórica de salvar el sistema democrático".

"No creemos que el presidente piense que va a tener un juicio imparcial cuando parte todo de una instrucción parcializada", ha abundado la abogada Isabel Elbal, en el turno de cuestiones previas durante la vista en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

Ha asegurado que los dos miembros de la Junta Electoral Central (JEC) que denunciaron a Torra ya se manifestaron de forma hostil en contra del proceso soberanista, y que el magistrado instructor de la causa hizo una "instrucción parcializada".

Ha lamentado que el instructor de la causa valorara los hechos en un auto que debió ser objetivo --ha dicho-- y ha asegurado que la sala "está contaminada" porque el presidente del tribunal, Jesús María Barrientos, y la magistrada Mercedes Armas fueron quienes admitieron a trámite la querella de la Fiscalía al inicio del procedimiento.

Así, la abogada ha dicho que, cuando invocaron ante el tribunal que dos miembros de la JEC se habían manifestado de forma "hostil" contra el proceso independentista y que podían ser parciales, desde el TSJC se limitaron a decir que no habían recusado en el momento adecuado.

"Si había un problema, aunque hubiera un error de forma, deberían haber entrado a valorar si estaban contaminados", ha indicado la letrada, que ejerce la defensa de Torra junto al abogado Gonzalo Boye.

Asimismo, cree que el magistrado instructor, en el auto de transformación del procedimiento a abreviado, entró a hacer valoraciones cuando éste debe ser un escrito neutro y objetivo de descripción de hechos, por lo que cree que se ha hecho una "instrucción parcial".

Ha opinado que la composición de la sala que va a enjuiciar a Torra, con Barrientos y Armas, no les da "ninguna confianza en que el tribunal vaya a ser imparcial".

"Entendemos que la sala está contaminada y que los dos magistrados no deberían estar sentados en el tribunal", ha valorado la abogada respecto a estos dos miembros del tribunal.

DECLARACIONES DE CELÁA Y SÁNCHEZ

La abogada ha invocado también una "palmaria" vulneración del derecho a la presunción de inocencia de Torra, explicando que ya se han escrito numerosos artículos periodísticos dando ya por hecho que Torra será condenado.

También ha destacado las declaraciones de la ministra portavoz, Isabel Celáa, el 20 de marzo de 2019 en que avisó a Torra de que, si no retiraba los símbolos, rebasaría "la línea de la desobediencia", y lo ha vinculado a unas declaraciones del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sobre su grado de control de la Fiscalía.

Elbal ha reclamado que, de forma subsidiaria, si no se admite la nulidad por vulneración de derechos fundamentales, la plantean también por indefensión ya que se incluyó en el auto de apertura de juicio oral la acusación por delito de denegación de auxilio, una petición que solo hace la acusación popular ejercida por Vox, de la que no se han podido defender durante la instrucción.

FISCALÍA

El fiscal superior de Catalunya, Francisco Bañeres, se ha opuesto a todas estas peticiones, ya que no comparte "la idea del complot que parece trascender", considerando que los miembros de la JEC y los jueces hicieron manifestaciones propias de la libertad de expresión y que no están contaminados para iniciar el procedimiento o enjuiciar.

Para Bañeres, las causas de recusación deben "entenderse restrictivamente", alegando que, si no, se abriría la puerta a que cualquier opinión de un juez pudiera ser causa de recusación en todo procedimiento.

Además, sobre el auto de conversión a procedimiento abreviado, recuerda que no es una resolución neutral, puesto que en ella el juez decide si el procedimiento debe continuar o no, por lo que "plasmar esos argumentos, se ponga más o menos énfasis, forma parte de las atribuciones del juez y no afecta a la presunción de inocencia ni es causa de recusación".

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