La directiva del Barça defiende ante el juez que no tiene que avalar y el caso queda visto para sentencia

Actualizado: miércoles, 11 junio 2008 17:20

BARCELONA, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

El juicio por la demanda presentada por un socio del FC Barcelona contra el propio club y la actual directiva, presidida por Joan Laporta, para que ésta presente un aval bancario por valor del 15 por ciento del presupuesto del club, quedó hoy visto para sentencia después de que prestaran declaración el demandante, Vicenç Pla, y el propio Laporta, en el Juzgado de Primera Instancia número 24 de Barcelona, que dictará en unas semanas.

El socio barcelonista reclama la nulidad de la toma de posesión de la directiva en agosto de 2006, después de que ésta fuese reelegida para seguir gobernando el club tras haberlo gestionado desde 2003, y condene a los miembros de la junta a cesar de sus cargos, para la posterior convocatoria de elecciones a la presidencia, o preste el aval bancario en la cuantía que sea procedente para garantizar los resultados económicos de su gestión.

La demanda parte del anterior proceso judicial que obligó al Barça a convocar elecciones en 2006 --y no en 2007 como pretendía la junta-- por considerar que los ocho primeros días desde su toma de posesión a finales del curso 2002/03 (del 22 al 30 de junio) equivalen al primer año de su mandato, sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 30, que fue ratificada por la Audiencia Provincial y que el club recurrió al Tribunal Supremo.

La directiva de Laporta cerró el ejercicio 2002/03 con unas pérdidas de 164 millones de euros, las cuales atribuyen a la gestión de las anteriores directivas de Joan Gaspart y Enric Reyna y que fueron aprobadas por la asamblea de socios compromisarios, pero obtuvo beneficios en las siguientes temporadas y por ello sostiene que no tenía que avalar en 2006. Además, la Liga de Fútbol Profesional (LFP) también les comunicó que no debían avalar.

La parte demandante considera que la directiva debería presentar un aval bancario por alrededor de 60 millones de euros, de los cuales unos 42 equivalen al 15 por ciento del presupuesto de la temporada 2006/07 y el resto por las pérdidas del ejercicio 2002/03. En el caso de que el juez falle a su favor, estudia pedir la ejecución provisional de la sentencia ante la posibilidad de que el Barcelona recurriese la resolución.

Laporta declaró hoy ante el magistrado que lleva el caso, Antonio Nuño de la Rosa, que también es socio del FC Barcelona, junto con los vicepresidentes del club Ferran Soriano y Jaume Ferrer. El presidente del Barcelona explicó que era "público y notorio" que no debían avalar en 2006, debido al superávit de las anteriores campañas y a la postura adoptada por la LFP, ante la que los directivos sí habían depositado el correspondiente aval en 2003.

Del inicio de su mandato, además, explicó que la directiva hizo constar en su toma de posesión que durante esos ocho primeros días no efectuarían "ningún acto de disposición", sino únicamente de "administración", ya que "podía generarse confusión", y mantuvo que la fecha elegida por la comisión gestora para la celebración de las elecciones (15 de junio) "obligaba" a la candidatura ganadora a tomar posesión antes de concluir el ejercicio.

Laporta también expuso que, de igual manera, la directiva tenía la "obligación" de trasladar el cierre del ejercicio económico a la asamblea de socios, "que es la que toma la decisión de aprobar las cuentas". La directiva considera que las pérdidas de aquella temporada no corresponden a su gestión, sino a la de anteriores directivas, como también manifestaron los vicepresidentes Soriano y Ferrer en su declaración ante el juez.

Sin embargo, la defensa del socio acusa a la junta de haberse "beneficiado" de aquellos ocho días por haber realizado varias provisiones: de 63,84 millones para liquidar contratos de jugadores a los que quería traspasar, "sobre la base del nuevo proyecto definido por el cuerpo técnico del club"; de 28 por actas de inspección fiscal (periodo 1996-99); y de 10,6 por gastos de urbanización de los terrenos de la ciudad deportiva de Sant Joan Despí (Barcelona).

También sostiene el abogado del socio, Javier Leiva, que se produjeron unas pérdidas de 125 millones en el periodo del 30 de abril al 30 de junio de 2003, desde la marcha de Reyna al final del ejercicio, y que la directiva quiso "engordar" las pérdidas. En este sentido, destacó que, "beneficiándose" de las pérdidas de aquel ejercicio, obtuvo un crédito fiscal de 28 millones, contabilizado en la campaña 2005/06, en la que presentó un superávit de 32.

"Nosotros no nos beneficiamos de nada, sino que cumplimos la ley", afirmó en su defensa Jaume Ferrer, actual vicepresidente de márketing y entonces tesorero del club. Ferran Soriano, vicepresidente del área económica, también coincidió en subrayar que el crédito fiscal es una práctica "razonable y normal" en las empresas ante una previsión de obtener beneficios económicos de manera continuada, aunque tenga su origen en un año de pérdidas.

Por su parte, el socio del Barça que inició este proceso, Vicenç Pla, dijo desconocer si la LFP puede resolver o no la cuestión de los avales, pero que "debe hacerse lo que dicen los estatutos del club", y dijo estar "harto de la junta que prometía mucho" y que no le contestó las cartas que había dirigido a Laporta. Pla, de 66 años, explicó a la salida del juzgado que "no hay nadie detrás" de él, aunque ha dado su apoyo a la moción de censura.

Ambas partes, además, citaron a los peritos que han realizado informes sobre las cuentas del Barcelona en aquel periodo. Finalmente, no prestó declaración el presidente de la comisión económica del Barcelona y que presidió la comisión gestora en 2006, Xavier Sala Martín, por encontrarse en Estados Unidos. La parte demandante no pidió de nuevo que testifique para "no dilatar más el proceso", como cree que ha hecho el Barcelona. La defensa de la directiva del Barça intentó no llegar a la celebración del juicio alegando la inadecuación del procedimiento, la caducidad de la acción y la falta de legitimidad del demandante, al entender que un socio de la entidad no puede exigir judicialmente la presentación del aval bancario. Sin embargo, el magistrado desestimó los motivos alegados por los abogados del club y de la directiva en la vista preliminar.