Los inmigrantes deberán acreditar competencias básicas de catalán y castellano

El portavoz de la Generalitat, Francesc Homs
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 6 diciembre 2014 6:00

BARCEONA, 18 Nov. (EUROPA PRESS) -

Los inmigrantes que quieran obtener el certificado de acogida deberán acreditar competencias lingüísticas de catalán y castellano, y de aranés en Val d'Aran (Lleida), según establece el decreto que desarrolla la Ley de acogida, que el Consell Executiu ha aprobado este martes.

Concretamente, deberán hacer una formación en tres módulos, y uno de ellos es un curso de un mínimo de 90 horas de formación en las dos lenguas, con el propósito de alcanzar un nivel A1 de catalán y un nivel A2 de castellano.

También tendrán que acreditar conocimiento de la sociedad catalana y su marco jurídico, un curso que debe tener un mínimo de 15 horas; y también del mercado laboral, con un programa también de al menos 15 horas de duración impartido por el servicio de acogida a los inmigrantes de la Generalitat o el Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC).

Para obtener el certificado que acredite haber hecho estos cursos, será necesario asistir al 75% de las sesiones, según concreta el decreto aprobado por el Consell Executiu.

Homs ha destacado que, más que garantizar el conocimiento del catalán y castellano, el objetivo es "acreditar una cierta voluntad" de querer aprender ambos idiomas.

También ha agregado que el objetivo del Govern es que la acreditación de competencias básicas de catalán y castellano es que "no sea percibido como una imposición, sino como una oportunidad".

Además, los servicios de primera acogida facilitarán el acceso a programas específicos para aquellos ciudadanos que no estén alfabetizados, y que ofrecen los centros de formación de adultos y la Conselleria de Bienestar Social y Familia de la Generalitat.

El decreto que ha aprobado el Govern regula que los servicios de acogida que la administración deben acoger a inmigrantes extranjeros, personas que soliciten asilo o protección, refugiados, apátridas y personas mayores de edad que emigraron a otro país y que han vuelto a empadronarse en un municipio catalán.

Estos servicios los deben prestar la Generalitat o los ayuntamientos de forma directa o externalizada mediante convenios o fórmulas análogas con agentes sociales, profesionales y entidades privadas.