El Supremo revisará en junio la condena de nueve años de cárcel del ex juez Luis Pascual Estevill

Actualizado: jueves, 11 mayo 2006 21:37

MADRID, 11 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo revisará el próximo 1 de junio la condena de 9 años y 4 meses de cárcel impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) al ex juez y ex vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Luis Pascual Estevill, por el caso de corrupción judicial más grave detectado en España, por el que también se condenó a 7 años de cárcel al abogado Juan Piqué Vidal.

La sentencia consideró probado que Piqué Vidal y Estevill acordaron extorsionar a diversos empresarios entre 1990 y 1994, cuando Estevill era, primero el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Terrassa (Barcelona), y después el titular del Juzgado de Instrucción número 26 de Barcelona, y Vidal era un "afamado" abogado barcelonés. Estevill contaba ya con una condena firme de 7 años de cárcel por delito fiscal en enero de 1999 y otra de 6 años de inhabilitación como juez por prevaricación continuada en julio de 1996.

La sentencia que revisará ahora el Supremo condenó a Estevill por un delito continuado de prevaricación judicial en concurso con un delito de detención ilegal, un delito de cohecho continuado en concurso con un delito de amenazas condicionales y un delito de alzamiento de bienes. En total la pena para Estevill ascendió a 9 años y 4 meses de prisión, 15 años y 4 meses de inhabilitación y multa de 1.803.036,31 euros.

Piqué Vidal fue condenado por delitos de prevaricación judicial continuada en concurso con detención ilegal, cohecho continuado en concurso con amenazas condicionales y prevaricación de abogado. El TSJC le impuso 7 años de prisión y multa de 908.730,30 euros y lo inhabilitó como abogado durante tres años.

Por último, el TSJC también condenó a Juan Vives Rodríguez de Hinojosa a multa de 426.718,59 euros como cómplice en un delito de cohecho. El hijo de Estevill, al igual que otros acusados, pactó con el fiscal una pena de 1 año de cárcel y multa de 9.720 euros por un delito de alzamiento de bienes.