Publicado 30/06/2020 18:01

Absuelta en Ceuta la mujer acusada de saltarse confinamiento y amenazar con “coger un taxi y contagiar a todo el mundo"

Fachada de la sede de los Juzgados de Ceuta
Fachada de la sede de los Juzgados de Ceuta - EUROPA PRESS - Archivo

CEUTA, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha absuelto a una ceutí de 27 años a la que el Gobierno de la Ciudad y la Fiscalía imputaba un presunto delito de desobediencia por, según la acusación, saltarse las medidas de aislamiento domiciliario que se le habían impuesto una vez confirmada como enferma de la COVID-19, acudir al Hospital Universitario e incluso amenazar al personal sanitario con "coger un taxi y contagiar a todo el mundo".

Fadua H.B., para quien pedían una multa de 6.480 euros, llegó a Ceuta pocos días después de la declaración del estado de alarma procedente de Londres junto a parte de su familia y la sentencia dictada solamente considera acreditado que el 22 de marzo fue llevada al Hospital Universitario por una ambulancia del 061 tras apreciar un agravamiento de sus síntomas.

"No ha resultado acreditado que contraviniese en modo alguno la medida preventiva de aislamiento domiciliario acordada por Resolución administrativa del Servicio de Epidemiología de la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación de la Ciudad Autónoma de Ceuta que le fue notificada el 19 de marzo a través de correo electrónico y sin que se le efectuaran apercibimientos legales", resume el veredicto, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press.

El único testimonio que durante la vista oral sostuvo el relato de la acusación fue el de la jefa del Servicio de Epidemiología de la Ciudad, que aseveró que la acusada llamó a la línea 900 habilitada por la Administración para atender cualquier cuestión relacionada con el coronavirus "diciendo que iba a coger un taxi y que iba a contagiar a todo el mundo".

En su testifical descartó "sin una clara justificación" la posibilidad "de una confusión entre dos personas [la acusada y su prima] de la misma familia cuyos nombres coinciden y que viven en el mismo bloque, que habían llegado juntas a Ceuta procedentes de Londres el mismo día y que se habían hecho la prueba de coronavirus".

Para la jueza, "la acusada, a quien se le acababa de confirmar que era positiva de la COVID-19 pero que ya llevaba en aislamiento domiciliario y con medidas de control desde su llegada a Ceuta, llamó al empeorar en su estado y acudió a su domicilio una ambulancia que a su vez la trasladó al Hospital: ni acudió ella misma en taxi burlando las prohibiciones impuestas ni tampoco se ha acreditado en modo alguno que fuera ella la persona que ese día, al parecer, amenazó on salir a la calle y contagiar a todos".

La sentencia estima que "la prueba practicada resulta insuficiente para desvirtuar la presunción de inocencia porque la carga material de la prueba corresponde exclusivamente a la acusación y no a la defensa".

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