Publicado 09/11/2019 16:05

La defensa de los guardias recurre el archivo de la causa del Tarajal para pedir que no haya "reproche criminológico"

CEUTA, 9 Nov. (EUROPA PRESS) -

La defensa del capitán de la Benemérita procesado con otros 15 guardias civiles por utilizar material antidisturbios para repeler la madrugada del 6 de febrero de 2014 la entrada de unos 300 migrantes por el espigón marítimo del Tarajal, cuya actuación se saldó con al menos 14 muertos, también ha recurrido, como las acusaciones populares, el auto que dictó la jueza instructora para archivar el caso por razones "exclusivamente de forma" apelando a la 'Doctrina Botín' y utilizando de forma instrumental la posición de la Fiscalía.

Según el recurso formulado por los letrados de la Unión de Oficiales de la Guardia Civil (UOGC), a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press, "manifestamos nuestra conformidad con la decisión de sobreseimiento acordada debido a la ausencia de acusación particular, pero no con la de no tramitar el recurso de apelación planteado por esta parte, dado que afecta al fondo, sobre el que no se ha significado la instructora, a pesar de que en el recurso del Ministerio Fiscal, y en el resto de recursos de apelación, entre el que se encuentra el de esta defensa, se trata el mismo".

A su juicio "resulta necesario obtener una respuesta motivada en relación a los pedimentos, una respuesta motivada respecto del fondo contenido en el auto de transformación del 24 de septiembre", en el que se atribuía a los procesados la posible comisión la noche del 6 de febrero de 2014 de sendos delitos de homicidio por imprudencia grave con resultado de muerte y de denegación de auxilio.

"La pretensión sobre el fondo mereció ser tratada y desarrollada y ello no ha acaecido", lamenta el recurso planteado ante la Audiencia Provincial. Para la defensa del capitán, el meollo del tema es la "ausencia de reproche criminológico alguno hacia los miembros de Guardia Civil investigados".

A la Sala se le pide que revoque el auto de archivo del 29 de octubre "por ausencia de significación y motivación respecto de lo trasladado por el Ministerio Fiscal respecto del fondo del caso sobre la inexistencia de reproche criminal en la actuación de mi representado y del resto de investigados, ampliando o dando respuesta a dicho extremo, por no aparecer debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación inicial de la presente causa" y que, en consecuencia, se mantenga el sobreseimiento provisional de las actuaciones tanto por las referidas motivaciones de fondo como por las de forma, esto es, por la aplicación de la 'Doctrina Botín' en ausencia de acusación particular.

Para esta defensa, "en el presente caso los hechos no encuentran cabida en el ámbito penal" porque para tal cosa "se requiere no solo una indubitada responsabilidad de los denunciados que no se enumera, ni se especifica, ni se individualiza, sino que además, caso de existir (no es el caso porque el Servicio Marítimos y GEAS de la Guardia Civil estaban trabajando en conjunto), tal responsabilidad sea de una intensidad determinante de culpa penal, con vulneración de relevantes deberes objetivos de cuidado".

"En el presente caso", recapitula en su exposición, "no se puede reprochar nada a las Fuerzas de Seguridad españolas, que en todo momento operaron en aguas jurisdiccionales nacionales". "Hagan lo que hagan, el Estado español, su propio Estado", denuncia el recurso, "va a ir contra ellos sin que por otro lado, nadie les diga qué es lo que se considera una actuación proporcional".

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